EXPORTADORA MONTE GRANDE SPA/AGRICOLA GONZALEZ LTDA.
Rol
7804-2025
Fecha
26 de marzo de 2025
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE HECHO
Hechos
Visto y teniendo presente: 1.- Que el abogado Rodrigo Contreras Contreras, en representación de la parte ejecutada, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de siete de marzo último, dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, en autos Rol 315-2025, por la que declaró inadmisible un recurso de apelación deducido por la misma parte, en contra de la sentencia definitiva dictada por el Juzgado de Letras de San Javier, en la causa Rol C-633-2024, el diecisiete de enero de este año. 2° Que el recurso de hecho está previsto para ser conocido por un tribunal de segundo grado, es decir, por aquel que resulta competente para resolver del recurso de apelación que lo motiva. 3° Que en conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código Orgánico de Tribunales, la Corte Suprema es -en general- un tribunal de casación, y sólo por excepción constituye un tribunal de segunda instancia, para aquellos casos en que la ley expresamente así lo ha dispuesto. 4° Que examinados los antecedentes se observa que el caso propuesto no se aviene con la competencia asignada a esta Corte Suprema ni se encuentra comprendido en alguna de las hipótesis de excepción en que conoce de los asuntos como tribunal de alzada, motivo por el cual el recurso de hecho deducido es improcedente. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de hecho deducido. Al primer otrosí, estese a lo resuelto; al segundo otrosí, a sus antecedentes; al tercer otrosí, téngase presente. Regístrese y comuníquese. Rol Nº 7.804-2025.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de hecho deducido. Al primer otrosí, estese a lo resuelto; al segundo otrosí, a sus antecedentes; al tercer otrosí, téngase presente. Regístrese y comuníquese. Rol Nº 7.804-2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Proveyendo el recurso de hecho: A lo principal: Visto y teniendo presente: 1.- Que el abogado Rodrigo Contreras Contreras, en representación de la parte ejecutada, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de siete de marzo último, dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, en autos Rol 315-2025, por la que declaró inadmisible un r
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