JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO VARAS

LUIS ALFREDO SOTO BENAVIDES C/ IGNACIO ALEJANDRO HERNANDEZ VARGAS

Rol

161703-2023

Fecha

25 de marzo de 2025

Materia

Reforma

Resultado

ACOGE RECURSO DE NULIDAD (M)

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Hechos

VISTOS: Ante el Juzgado de Garantía de Puerto Varas, bajo el Rol Interno del Tribunal N° 1409-2023, RUC N° 2201217947-6, se llevó a efecto el juicio oral simplificado respecto del acusado Omar Raúl Zerpa Vilogrón. En dicha sede, el referido inculpado fue condenado, por sentencia de diecisiete de junio de dos mil veintitrés, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de una unidad tributaria mensual, accesorias legales y la cancelación de la licencia de conducir, como autor del delito previsto y sancionado en el artículo 110 y 111 con relación con el artículo 196 de la Ley N° 18.290, hecho acontecido el día tres de diciembre de dos mil veintidós. En contra de dicho fallo, la defensa dedujo recurso de nulidad, el cual fue conocido en la audiencia pública de cinco de marzo pasado, oportunidad en la cual se incorporó la prueba ofrecida por la defensa y aceptada previamente, convocándose a los intervinientes a la lectura de la sentencia para el día de hoy, como consta del acta respectiva.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la defensa del referido sentenciado, deduce un recurso de nulidad, el cual se basa en la letra b), del artículo 373 del Código Procesal Penal, invocando la errónea aplicación del derecho en lo que se refiere a la cancelación de la licencia de conducir, fundándose en una condena previa que, por aplicación del artículo 104 del Código Penal, no debió ser considerada. Explica que el artículo 104 del Código Penal establece una regla de clausura general respecto a la posibilidad de invocar sentencias previas para exasperar penas principales o accesorias, lo cual queda demostrado de acuerdo con lo que establece el artículo 196 de la Ley N°18.290 — en su inciso final, numeral primero — norma que establece un reenvío expreso al artículo 104 precitado. El yerro atribuido a la sentencia se manifiesta desde el momento que el tribunal le confiere valor jurídico a un reproche, el cual para todos los efectos está prescrito y, como corolario, no aplica la norma general dispuesta en el artículo 104 del Código Penal. Por lo anterior, solicita acoger y anular la sentencia, dictándose (sin nueva audiencia, pero separadamente) sentencia definitiva de remplazo en conformidad al artículo 385 del Código Procesal Penal, en la cual se declare que se condena al imputado Omar Raúl Zerpa Vilogrón, como autor en un ilícito de conducir un vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 110, con relación con el artículo 196 de la Ley N° 18.290 Ley del Tránsito a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 1 Unidad Tributaria Mensual y a la de suspensión de licencia para conducir vehículos motorizados por el lapso de 2 años, concediéndose la pena sustitutiva de Remisión Condicional conforme a la solicitud planteada en audiencia bajo los mismo argumentos de fondo del presente recurso, manteniéndose incólume la sentencia en aquella parte que no ha sido objeto del presente recurso de nulidad. SEGUNDO: Que, al comienzo de la audiencia, la defensa incorporó la prueba ofrecida en el recurso de nulidad, consistente en la copia del extracto de filiación y antecedentes del sentenciado, de todo lo cual quedó constancia en el registro respectivo. TERCERO: Que, la sentencia impugnada tuvo por acreditado que, “El día 3 de diciembre de 2022, alrededor de las 22:40 horas, a la altura del kilómetro 17, de la ruta V-860, de la comuna de Puerto Varas, OMAR RAUL ZERPA VILOGRON, condujo en estado de ebriedad, la camioneta, marca Dodge, modelo Dakota 4x4, Placa Patente Única YB2187. Producto de su estado de embriaguez, colisionó al vehículo motorizado, marca Hyundai, modelo Accent, Placa Patente Única ZB-3178, conducido por IGNACIO ALEJANDRO HERNANDEZ VARGAS, quien resultó con lesiones clínicamente leves. El requerido al momento de la conducción se desempeñaba con una dosificación de alcohol de 2,22 gramos por mil en la sangre.” Estos hechos fueron calificados por el tribunal como constitutivos del delito de condu

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Santiago, veinticinco de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: Ante el Juzgado de Garantía de Puerto Varas, bajo el Rol Interno del Tribunal N° 1409-2023, RUC N° 2201217947-6, se llevó a efecto el juicio oral simplificado respecto del acusado Omar Raúl Zerpa Vilogrón. En dicha sede, el referido inculpado fue condenado, por sentencia de diecisiete de junio de dos mil veintitrés, a la pena de sesent

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