ANONIMIZADO
Rol
4935-2025
Fecha
20 de marzo de 2025
Materia
Familia
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que rechazó el de hecho interpuesto contra la resolución de primera instancia que declaró inadmisible el de apelación deducido contra la que le aplicó una multa de una Unidad Tributaria Mensual. Segundo: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en el fondo ...
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinte de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que rechazó el
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