BANCO SANTANDER - CHILE CON FRUTICOLA Y AGRICOLA MAIPO SPA
Rol
2415-2025
Fecha
17 de marzo de 2025
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en estos autos sobre juicio ejecutivo de desposeimiento, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el ejecutante, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que confirmó el fallo de primera instancia de veintiuno de diciembre de dos mil veintidós, que acogió la excepción 17ª del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, ordenando alzar la ejecución seguida en contra del ejecutado. 2°.- Que en su recurso de invalidación sustancial, el impugnante expresa que la sentencia cuestionada ha contravenido los artículos 2514, 2515, 2516, 2518, 2434 y 2503, todos del Código Civil, argumentando básicamente, que al haberse interrumpido civilmente la prescripción de la acción ejecutiva, mediante la notificación de la demanda dirigida por el acreedor en contra del deudor personal, los efectos de dicha interrupción hacen mantener plenamente vigente la obligación principal a la que accede la hipoteca y, subsistiendo esta obligación, no puede prescribir la acción hipotecaria, puesto que los efectos señalados se transmiten a la prescripción de la acción hipotecaria. 3°.- Que del tenor del libelo por el que se interpone la casación en estudio se puede comprobar, que la ejecutada sólo hace valer el error de derecho en la infracción de los preceptos ya señalados, pero omite extender la infracción legal a las normas decisoria litis en materia de oposición a la acción ejecutiva de desposeimiento de la finca hipotecada, entre ellas, los artículos 464 N°17, 758 y 759 del Código de Procedimiento Civil y 2407, 2409, 2424, 2428, 2492 del Código Civil, lo que lleva a concluir que el recurrente los supone bien aplicados, impidiendo así el acogimiento de este arbitrio, desde que los demás errores denunciados carecerían de influencia sustancial en lo dispositivo del fallo. 4°.- Que en estas condiciones la casación en estudio adolece de manifiesta falta de fundamento. Por est
Fallo
fallo de primera instancia de veintiuno de diciembre de dos mil veintidós, que acogió la excepción 17ª del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, ordenando alzar la ejecución seguida en contra del ejecutado. 2°.- Que en su recurso de invalidación sustancial, el impugnante expresa que la sentencia cuestionada ha contravenido los artículos 2514, 2515, 2516, 2518, 2434 y 2503, todos del Código Civil, argumentando básicamente, que al haberse interrumpido civilmente la prescripción de la acción ejecutiva, mediante la notificación de la demanda dirigida por el acreedor en contra del deudor personal, los efectos de dicha interrupción hacen mantener plenamente vigente la obligación principal a la que accede la hipoteca y, subsistiendo esta obligación, no puede prescribir la acción hipotecaria, puesto que los efectos señalados se transmiten a la prescripción de la acción hipotecaria. 3°.- Que del tenor del libelo por el que se interpone la casación en estudio se puede comprobar, que la ejecutada sólo hace valer el error de derecho en la infracción de los preceptos ya señalados, pero omite extender la infracción legal a las normas decisoria litis en materia de oposición a la acción ejecutiva de desposeimiento de la finca hipotecada, entre ellas, los artículos 464 N°17, 758 y 759 del Código de Procedimiento Civil y 2407, 2409, 2424, 2428, 2492 del Código Civil, lo que lleva a concluir que el recurrente los supone bien aplicados, impidiendo así el acogimiento de este arbitrio,
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecisiete de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en estos autos sobre juicio ejecutivo de desposeimiento, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el ejecutante, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que confirmó el fallo de primera instancia de veintiuno de diciembre de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica