GONZÁLEZ CON CHÁVEZ
Rol
2943-2025
Fecha
14 de marzo de 2025
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio ordinario, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el demandante, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua, que confirmó el fallo de primera instancia de catorce de diciembre de dos mil veintidós, que desestimó la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual. 2°.- Que en su recurso de invalidación sustancial, el impugnante expresa que la sentencia cuestionada ha contravenido los artículos 384 N°1 y 2 y 426 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 47 y 1712 del Código Civil, argumentando básicamente, que con la prueba documental y testimonial allegada al proceso, su parte demostró la lesión que sufrió el actor en la práctica de futbol amateur, siendo el responsable de ello el demandado al emplear una fuerza desmedida. Enseguida reprocha a los sentenciadores no haber efectuado una valoración exhaustiva en torno a las presunciones judiciales, para dar por acreditado el dolo o culpa del demandado en los hechos. 3°.- Que del propio tenor del escrito por el que se interpone el recurso de casación en estudio, se pueden comprobar sus falencias, desde que en general, hace consistir el error de derecho en la infracción de leyes que estima como reguladoras de la prueba, pero omite extender la infracción legal a las normas, sustantivas relativas a la acción de responsabilidad extracontractual y que tienen el carácter de decisoria de la litis, es decir, los preceptos que al ser aplicados permiten resolver la cuestión controvertida, cuales son, entre otros, los artículos 2314 y 2329 del Código Civil, lo que lleva a concluir que el recurrente los supone bien aplicados, impidiendo así el acogimiento de este arbitrio, desde que los demás errores denunciados carecerían de influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, adoleciendo entonces, el recurso de casación en estudio, de manifiesta falta de fund
Fallo
fallo de primera instancia de catorce de diciembre de dos mil veintidós, que desestimó la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual. 2°.- Que en su recurso de invalidación sustancial, el impugnante expresa que la sentencia cuestionada ha contravenido los artículos 384 N°1 y 2 y 426 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 47 y 1712 del Código Civil, argumentando básicamente, que con la prueba documental y testimonial allegada al proceso, su parte demostró la lesión que sufrió el actor en la práctica de futbol amateur, siendo el responsable de ello el demandado al emplear una fuerza desmedida. Enseguida reprocha a los sentenciadores no haber efectuado una valoración exhaustiva en torno a las presunciones judiciales, para dar por acreditado el dolo o culpa del demandado en los hechos. 3°.- Que del propio tenor del escrito por el que se interpone el recurso de casación en estudio, se pueden comprobar sus falencias, desde que en general, hace consistir el error de derecho en la infracción de leyes que estima como reguladoras de la prueba, pero omite extender la infracción legal a las normas, sustantivas relativas a la acción de responsabilidad extracontractual y que tienen el carácter de decisoria de la litis, es decir, los preceptos que al ser aplicados permiten resolver la cuestión controvertida, cuales son, entre otros, los artículos 2314 y 2329 del Código Civil, lo que lleva a concluir que el recurrente los supone bien aplicados, i
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Santiago, catorce de marzo de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio ordinario, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el demandante, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua, que confirmó el fallo de primera instancia de catorce de diciembre de dos mil veintidós, que desesti
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