Juzgado de Familia Temuco

ANONIMIZADO

Rol

6206-2025

Fecha

13 de marzo de 2025

Materia

Familia

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE HECHO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1º Que el recurso de hecho está consagrado en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, y procede contra la resolución del tribunal de primera instancia que deniega el de apelación, en cuyo caso la parte agraviada puede recurrir al de alzada para que se le conceda. 2º Que, en la especie, se interpuso recurso de hecho contra la resolución dictada por el tribunal de segunda instancia que declaró inadmisible uno de apelación. En consecuencia, el caso propuesto no se comprende en la hipótesis señalada en el citado artículo 203, razón suficiente para declarar improcedente el intentado....

Texto Completo (Preview)

Santiago, trece de marzo de dos mil veinticinco. Al escrito folio 6: téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1º Que el recurso de hecho está consagrado en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, y procede contra la resolución del tribunal de primera instancia que deniega el de apelación, en cuyo caso la parte agraviada puede recurrir al de alzada para que se le conceda. 2º Que, en

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