TAPIA GONZÁLEZ LUIS EDUARDO CONTRA JUZGADO DE GARANTÍA DE LOS VILOS Y OTRO
Rol
6201-2025
Fecha
10 de marzo de 2025
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Teniendo únicamente presente que del mérito de los antecedentes no se desprende una afectación ilegal a la libertad personal y seguridad individual del amparado, se confirma la sentencia apelada de veintiuno de febrero de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, en el Ingreso Corte N° 102-2025. Decisión acordada con el voto en contra de los Ministros Sr. Valderrama y Sr. Llanos quienes estuvieron por revocar la sentencia en alzada y acoger el amparo, teniendo únicamente presente para ello que la resolución de fecha 15 de enero último, dictada por el Juez de Garantía de Los Vilos, desconoce el derecho de todo condenado a ocurrir ante la judicatura para que se revise las decisiones adoptadas por la administración penitenciaria en lo referente a beneficios intrapenitenciarios. Por consiguiente, al haberse resuelto “ocúrrase ante quien corresponda”, el Juez de cumplimiento incurre en una ilegalidad que amenaza la libertad personal del amparado, susceptible de ser corregida a través de la presente acción cautelar. Regístrese y devuélvase. Rol N° 6201-2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, diez de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: Teniendo únicamente presente que del mérito de los antecedentes no se desprende una afectación ilegal a la libertad personal y seguridad individual del amparado, se confirma la sentencia apelada de veintiuno de febrero de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, en el Ingreso Corte N° 102-2025. Decisión acordad
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