FERREIRA COLLIO CLAUDIO ANDRES CONTRA SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO
Rol
4652-2025
Fecha
20 de febrero de 2025
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos quinto y sexto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Que la sanción previa impuesta al amparado fue de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, por lo que transcurrió el término exigido por la ley, conforme al artículo 97 del Código Penal, que establece un plazo de cinco años para las penas de simples delitos, debiendo atenerse a la aplicada en concreto y, en consecuencia, conforme al artículo 104 del código punitivo, la circunstancia agravante se encontraba prescrita. Sin embargo, conforme al artículo 68 inciso segundo del mismo cuerpo legal, el tribunal no podía imponer el grado máximo de la pena prevista por la ley, lo que precisamente realizó, pues estableció la sanción en el mínimo previsto por la ley, esto es, cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, por lo que no existe agravio para el condenado. Y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se confirma la sentencia apelada de seis de febrero de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 524-2025. Regístrese y devuélvase. Rol N° 4652-2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinte de febrero de dos mil veinticinco. A los escritos folios 5 y 7: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus fundamentos quinto y sexto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Que la sanción previa impuesta al amparado fue de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, por lo que transcurrió el tér
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