C.A. de Valparaíso

TRENAL NOGUERA GUILLERMO ALEXEIS CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

4020-2025

Fecha

19 de febrero de 2025

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos cuarto a quinto, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que, el sustento de la decisión reclamada, radica en la vinculación del amparado a un proceso penal seguido en su contra por el delito de conducción sin licencia debida. Segundo: Que, así las cosas, esta Corte no vislumbra ilegalidad en el acto impugnado por esta vía, desde que la resolución ha sido adoptada por el órgano competente en el ejercicio de las facultades que la ley N° 21.325 de Migración y Extranjería le otorga. Tercero: Que, por lo razonado, no existe acción u omisión ilegal desplegada por la recurrida que amenace, perturbe o prive al amparado de su libertad personal o de su seguridad individual, máxime si la resolución impugnada se encuentra debidamente fundamentada, motivos suficientes para rechazar el presente arbitrio.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de cinco de febrero de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el Ingreso Corte N° 308-2025, que acogió el recurso de amparo interpuesto en favor de Guillermo Alexeis Trenal Noguera, de nacionalidad cubano y en su lugar se declara que éste queda rechazado en todas sus partes. Acordada con el voto en contra de los Abogados Integrantes Sres. Ferrrada y Urquieta, quien estuvo por confirmar la decisión en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol N° 4020-2025.

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecinueve de febrero de dos mil veinticinco. A los alegatos solicitados en escrito folio N° 5: atento a lo dispuesto por el Auto Acordado sobre la forma de conocimiento del recurso de Apelación de los Recursos de Amparo ante esta Corte Suprema, registrado en el Acta N° 105-2024 de esta Excma. Corte Suprema, publicado con fecha 17 de mayo de 2024, y no habiéndose justificado suficientem

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