MALDONADO/MALDONADO (ACUMULADA ROL N°3272-2023-D)
Rol
47760-2024
Fecha
19 de febrero de 2025
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN FORMA RECHAZADA, CASACIÓN FON
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1º.- Que en este juicio ordinario tramitado ante el Primer Juzgado de Letras de San Felipe, bajo el Rol C-3075-2022, caratulado “Maldonado/ Maldonado”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad de los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos por la parte demandada en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones Valparaíso, que confirmó el fallo de primer grado de tres de noviembre de dos mil veintitrés, por medio del cual se declaró la nulidad absoluta del testamento otorgado el 19 de junio de 2018 por el causante José Exequiel Maldonado Muñoz, así como también la interlocutoria de prueba de veintinueve de marzo de dos mil veintitrés. EN CUANTO AL RECURSO DE CASACION EN LA FORMA: 2º.- Que, el recurrente esgrime como causal de casación formal la establecida en el numeral 5° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil en relación al 170 numeral 6° del mismo cuerpo de leyes. Refiere que la causal de casación se configura en atención a que en la sentencia recurrida se omite pronunciamiento respecto a la apelación deducida en contra de la interlocutoria de prueba; en consecuencia, solicita anular el fallo recurrido, y dictar uno de reemplazo en que se dispongan de las medidas pertinentes a efectos de completar la sentencia o decretar lo que en derecho corresponda, con costas. 3º.- Que, respecto de la causal formal invocada, fundada en la omisión de la decisión del asunto controvertido, resulta necesario para zanjar su procedencia, esclarecer si el fallo se hizo cargo de todas las cuestiones discutidas, sea por la vía de las acciones o de las excepciones ventiladas en cada una de las etapas del proceso, en específico de la apelación deducida en contra de la resolución de veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, a través de la cual se recibió la causa a prueba. 4º.- Que en el caso en estudio, la sentencia cuestionada fue complementada por resolución de veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro p
Fallo
fallo de primer grado de tres de noviembre de dos mil veintitrés, por medio del cual se declaró la nulidad absoluta del testamento otorgado el 19 de junio de 2018 por el causante José Exequiel Maldonado Muñoz, así como también la interlocutoria de prueba de veintinueve de marzo de dos mil veintitrés. EN CUANTO AL RECURSO DE CASACION EN LA FORMA: 2º.- Que, el recurrente esgrime como causal de casación formal la establecida en el numeral 5° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil en relación al 170 numeral 6° del mismo cuerpo de leyes. Refiere que la causal de casación se configura en atención a que en la sentencia recurrida se omite pronunciamiento respecto a la apelación deducida en contra de la interlocutoria de prueba; en consecuencia, solicita anular el fallo recurrido, y dictar uno de reemplazo en que se dispongan de las medidas pertinentes a efectos de completar la sentencia o decretar lo que en derecho corresponda, con costas. 3º.- Que, respecto de la causal formal invocada, fundada en la omisión de la decisión del asunto controvertido, resulta necesario para zanjar su procedencia, esclarecer si el fallo se hizo cargo de todas las cuestiones discutidas, sea por la vía de las acciones o de las excepciones ventiladas en cada una de las etapas del proceso, en específico de la apelación deducida en contra de la resolución de veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, a través de la cual se recibió la causa a prueba. 4º.- Que en el caso en estudio, la sentencia
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Santiago, diecinueve de febrero de dos mil veinticinco. Al escrito folio N°7: por cumplido lo ordenado. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1º.- Que en este juicio ordinario tramitado ante el Primer Juzgado de Letras de San Felipe, bajo el Rol C-3075-2022, caratulado “Maldonado/ Maldonado”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad de los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos por
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