A.F.P. MODELO S.A. CON MARIA EUGENIA VALDERRAMA CASTRO
Rol
184255-2023
Fecha
13 de febrero de 2025
Materia
Cobranza Laboral
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)
Hechos
Vistos: En estos autos RIT P-3.891-2015, RUC 1530231904-6, caratulados “A. F. P. Modelo S. A. con María Eugenia Valderrama”, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, por sentencia de nueve de mayo de dos mil veintitrés, se acogió la excepción de prescripción de la acción opuesta por la ejecutada y, en consecuencia, se rechazó la demanda ejecutiva. Se alzó la ejecutante y una sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua, mediante sentencia de siete de julio de dos mil veintitrés, la confirmó. En contra de este fallo, la misma parte interpuso recurso de casación en el fondo. Se ordenó traer los autos en relación.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, para la recurrente, el
Fallo
fallo impugnado infringió lo dispuesto en los artículos 18 de la Ley N°17.322 y 4, 13 y 19 a 24 del Código Civil. Sostiene que tal resolución contravino el tenor del inciso tercero del citado artículo 18, cuyo fundamento legislativo se encuentra en la clase de materia de que se trata y la dificultad en que se deja a la parte ejecutante para trabar la litis, interpretación coherente con los principios de protección laboral y previsional e in dubio pro operario, por lo que la notificación de la demanda como trámite necesario para la interrupción de la prescripción no resulta procedente, puesto que fue expresamente excluido por la ley, norma cuya aplicación es preferente por especialidad y porque su tenor es claro y no debió desatenderse; razones por las que solicita se acoja el recurso de casación deducido y se dicte la sentencia de reemplazo que revoque la de primera instancia y rechace la excepción de prescripción opuesta, debiendo proseguirse con la ejecución. Segundo: Que, para una adecuada comprensión del asunto, se deben considerar los siguientes antecedentes del proceso: 1.- El 3 de septiembre de 2015, la demandante, A. F. P. Modelo S. A., interpuso demanda ejecutiva en contra de doña María Valderrama Castro, según resolución de 3 de agosto de ese año, pretendiendo el pago de $208.934 por cotizaciones adeudadas a una trabajadora correspondientes al período febrero y marzo de 2015. 2.- Mediante escrito presentado el 29 de noviembre de 2022, la ejecutada se notificó exp
Texto Completo (Preview)
Santiago, trece de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: En estos autos RIT P-3.891-2015, RUC 1530231904-6, caratulados “A. F. P. Modelo S. A. con María Eugenia Valderrama”, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, por sentencia de nueve de mayo de dos mil veintitrés, se acogió la excepción de prescripción de la acción opuesta por la ejecutada y, en consecuencia, se rechazó l
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