2º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR/SAN SEBASTIAN INMOBILIARIA (LTE) ACUM. N°14952-2024

Rol

61777-2024

Fecha

12 de febrero de 2025

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento sumario especial de protección de interés colectivo y difuso de consumidores, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó las resoluciones de primera instancia de siete de marzo de dos mil veinticuatro, que desestimó el incidente de nulidad procesal de la notificación mediante publicaciones de avisos de la sentencia definitiva dictada en estos autos, y la de doce de julio de dos mil veinticuatro, por medio de la cual, acogiendo un recurso de reposición de la demandada, resolvió no hacer lugar al cumplimiento incidental de la sentencia definitiva de autos. 2°.- Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil establece que el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias igualmente inapelables, cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido en lo dispositivo de la sentencia. 3°.- Que las resoluciones impugnadas por esta vía no presentan las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no han puesto fin a la instancia, ni tampoco han concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, lo que impide acoger a tramitación el recurso de casación en estudio. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Cristian Villagrán Maturana, en representación del demandante Servicio Nacional del Consumidor, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha veintiséis de noviembre d

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Cristian Villagrán Maturana, en representación del demandante Servicio Nacional del Consumidor, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro. Regístrese y devuélvase. Rol N° 61.777 – 2024.

Texto Completo (Preview)

Santiago, doce de febrero de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento sumario especial de protección de interés colectivo y difuso de consumidores, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó las resolucione

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