GONZÁLEZ/SILVA
Rol
3254-2025
Fecha
11 de febrero de 2025
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE RECURSO REVISIÓN
Hechos
VISTO: 1° Que, doña Angelica Paola González Cancino deduce “recurso extraordinario de revisión civil”, sin perjuicio de lo cual, solicita la “nulidad procesal de derecho público por falta de emplazamiento legal válido, juicio 20° Juzgado Civil de Santiago, causa Rol.: C-18.366-2014”. Luego de hacer una cronología del proceso antes mencionado, en el cual figura como demandada, expresa que la notificación que se le practicó sería totalmente nula, al no haber residido en el inmueble donde se practicaron las búsquedas, por las razones que expresa, las cuales constarían de la propia documental aportada por la contraria, en segunda instancia, oportunidad en la cual la Corte de Apelaciones de esta ciudad revocó la sentencia de primer grado y acogió parcialmente la acción incoada en su contra, bajo el I.C. N°3072-21. Señala que “…probada su existencia intrínseca en toda la causa recurrida respecto de la nulidad que fundan el presente Recurso de Revisión, repito: la Nulidad Procesal de Derecho Público por Falta de Emplazamiento Legal Válido, siendo pruebas más que suficientes que hacen procedente que el presente Recurso de Revisión de OFICIO ACOJA LA NULIDAD o, sea acogida a tramitación y luego de la tramitación de rigor, esto es, una vez comprobados los vicios que intrínsecamente existen en toda el proceso recurrido.” 2° Que, el recurso de revisión es un arbitrio extraordinario, que permite a esta Corte Suprema rever una sentencia firme, en los casos que taxativamente indica el artículo 810 del Código de Procedimiento Civil. 3° Que, sin embargo, ninguna de esas causales ha sido invocada en el recurso, el que tampoco satisface las exigencias requeridas para su interposición. En efecto, la compareciente insta por la revisión del fallo cuestionado, sobre la base de argumentos que dicen relación con una serie de hechos y alegaciones, todas relativas a una eventual nulidad de obrado, por falta de emplazamiento, alegación ajena a la naturaleza del recurso deducido. Por estas
Fallo
fallo cuestionado, sobre la base de argumentos que dicen relación con una serie de hechos y alegaciones, todas relativas a una eventual nulidad de obrado, por falta de emplazamiento, alegación ajena a la naturaleza del recurso deducido. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 810 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible, por improcedente, el recurso de revisión deducido por doña Angelica Paola González Cancino, patrocinada por la abogada doña Gabriela Alejandra Osorio Dinamarca. Al primer otrosí, no ha lugar, por improcedente. Al segundo otrosí, a sus antecedentes. Al tercer, cuarto y quinto otrosíes, téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº3.254-2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, once de febrero de dos mil veinticinco. Proveyendo la presentación de tres de febrero último. A lo principal: VISTO: 1° Que, doña Angelica Paola González Cancino deduce “recurso extraordinario de revisión civil”, sin perjuicio de lo cual, solicita la “nulidad procesal de derecho público por falta de emplazamiento legal válido, juicio 20° Juzgado Civil de Santiago, causa Rol.: C-18.366-
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica