C.A. de Valparaíso

CAMPOS CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR

Rol

154445-2023

Fecha

9 de enero de 2025

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO

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Hechos

Vistos: En estos autos Rol N° 154.445-2023, caratulados “Campos con Ilustre Municipalidad de Viña del Mar” sobre reclamo de ilegalidad municipal del artículo 151 de la Ley N° 18.695, la Sociedad Protectora de Cocheros de Viña del Mar, además de diversas personas en calidad de conductores y dueños de Coches Victoria reclamaron en contra del Decreto Alcaldicio N° 3.695 de fecha 12 de mayo del año 2020 dictado por la Municipalidad de Viña del Mar, por medio del cual se dejó sin efecto la Ordenanza Municipal que regulaba el transporte de pasajeros en Coches Victoria en la comuna. Por sentencia de fecha 16 de junio del año 2023, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió la excepción de extemporaneidad y rechazó, sin costas, el reclamo de ilegalidad planteado. En contra de dicho fallo la reclamante interpuso recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, como primera causal de nulidad entablada en el libelo de casación, se denuncia la falsa aplicación de la norma contenida en el artículo 151 letra c) de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en razón de la extemporaneidad acogida en el

Fallo

fallo la reclamante interpuso recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación. Considerando: Primero: Que, como primera causal de nulidad entablada en el libelo de casación, se denuncia la falsa aplicación de la norma contenida en el artículo 151 letra c) de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en razón de la extemporaneidad acogida en el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Argumenta que de acuerdo con lo prescrito en aquella norma, el reclamo de ilegalidad planteado ante el alcalde se entiende rechazado por dos vías: por el transcurso del plazo de 15 días desde la fecha de su presentación, o bien por resolución fundada del alcalde, siendo jurídicamente improcedente la exigencia de certificación, tanto para el cómputo del plazo, como para la procedencia del recurso. Alega que este error de derecho influyó en lo dispositivo del fallo, pues condujo a acoger las alegaciones de la demandada y no emitir pronunciamiento sobre el fondo del reclamo. Segundo: Que, para la adecuada resolución de la controversia, conviene tener presente los siguientes hechos de la causa: 1) Con fecha 12 de mayo del año 2020 se dictó el Decreto Alcaldicio N° 3.695 por la Municipalidad de Viña del Mar, que deja sin efecto la Ordenanza Municipal para el Transporte de Pasajeros en Coches Victoria en la Comuna de Viña del Mar; este decreto fue publicado el día 23 de mayo del mismo año. 2) El día 27 de mayo del año 2020, el reclamante de autos presenta

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Santiago, nueve de enero de dos mil veinticinco. Vistos: En estos autos Rol N° 154.445-2023, caratulados “Campos con Ilustre Municipalidad de Viña del Mar” sobre reclamo de ilegalidad municipal del artículo 151 de la Ley N° 18.695, la Sociedad Protectora de Cocheros de Viña del Mar, además de diversas personas en calidad de conductores y dueños de Coches Victoria reclamaron en contra del Decreto A

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