RESTAURANT BYM SPA CONTRA ILUSTRE MUNICIPALIDAD PROVIDENCIA
Rol
86-2025
Fecha
9 de enero de 2025
Materia
Civil
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos Corte Suprema Rol N° 86-2025 compareció la empresa Restaurant B y M SpA, por la que se dedujo recurso de amparo económico en contra de la Municipalidad de Providencia, por el acto consistente en la negativa a otorgarle patente de alcoholes, vulnerando así su garantía del artículo 19 N° 21 de la Carta Fundamental. Solicita, en definitiva, se ordene otorgarle la patente, en la forma solicitada. Segundo: Que, por resolución de veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el arbitrio, teniendo para ello presente que el amparo económico tiene por finalidad denunciar las infracciones al artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República, que consagra el derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen, por lo que estimó que no sería esta la vía idónea para obtener lo pretendido, ya que el ordenamiento jurídico concede y reconoce al amparado los remedios idóneos para poner término a la situación descrita en el libelo, motivo por el cual el presente arbitrio no puede prosperar Tercero: Que, según esta Corte ya ha razonado en otras oportunidades, el tribunal a quo carece de facultades para declarar inadmisible una acción de esta clase, cualquiera sea la previsión que pueda hacerse respecto de la decisión de término. En efecto, conforme al artículo único de la Ley N° 18.971 que establece el Recurso de Amparo Económico, deducida la acción, el tribunal deberá investigar la infracción denunciada y dar curso progresivo a los autos hasta el fallo respectivo. Cuarto: Que, ante tal precepto, es ineludible dar tramitación al recurso, porque respecto de esta acción constitucional no hay norma que prevenga
Fundamentos
motivos de inadmisibilidad relacionados con el acto o resolución que lo causa, como ocurre en otros procedimientos, entre ellos, en el recurso de protección, en que el Auto Acordado de esta Corte reguló esta sanción para el evento de que no fueran señalados hechos que pudieren constituir vulneración a alguna garantía de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Quinto: Que, así las cosas, correspondía tramitar el recurso hasta la dictación de la sentencia definitiva.
Fallo
fallo respectivo. Cuarto: Que, ante tal precepto, es ineludible dar tramitación al recurso, porque respecto de esta acción constitucional no hay norma que prevenga motivos de inadmisibilidad relacionados con el acto o resolución que lo causa, como ocurre en otros procedimientos, entre ellos, en el recurso de protección, en que el Auto Acordado de esta Corte reguló esta sanción para el evento de que no fueran señalados hechos que pudieren constituir vulneración a alguna garantía de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Quinto: Que, así las cosas, correspondía tramitar el recurso hasta la dictación de la sentencia definitiva. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en el artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República y en la Ley N°18.971, se revoca la resolución de fecha veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago y, en su lugar, se dispone que dicho tribunal deberá dar al recurso de amparo económico interpuesto, la tramitación que en derecho corresponda, hasta la dictación de la sentencia definitiva. Se declara inhabilitados a los jueces que suscribieron la referida resolución. Regístrese y devuélvase. Rol N° 86-2025.
Texto Completo (Preview)
1 Santiago, nueve de enero de dos mil veinticinco. Al escrito folio N° 5: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos Corte Suprema Rol N° 86-2025 compareció la empresa Restaurant B y M SpA, por la que se dedujo recurso de amparo económico en contra de la Municipalidad de Providencia, por el acto consistente en la negativa a otorgarle patente de alcoholes, vu
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica