QUESILLE/TOOLS FOR HUMANITY
Rol
22942-2024
Fecha
6 de enero de 2025
Materia
Civil
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos quinto a octavo, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y además, presente: Primero: Que se ha deducido acción constitucional por don Anuar Quesille Vera, abogado, Defensor de los Derechos de la Niñez en contra del Grupo Optimistic SpA (antes Worldcoin SpA) y de Tools for Humanity Corporation, por el acto que estima arbitrario, el que hace consistir en que las recurridas instaron, a cambio de recibir una recompensa (en dinero o criptomonedas), a los menores G.E.E de 15 años y A.I.F.G de 17 años a la época, con el fin de obtener imágenes de su iris (dato biométrico), sin verificar su edad, sin dar la información relevante respecto del uso, tratamiento y protección de dichos datos, así como eventuales riesgos y consecuencias, obteniendo un dato biométrico, de carácter sensible, de aquéllos para insertarlos en la cadena blockchain - registro público- que se puede compartir abiertamente entre usuarios dispares y que nunca se pueden borrar. Solicita que se acoja el recurso y se declare la ilegalidad y arbitrariedad de las acciones en que han incurrido las recurridas y se adopten todas las medidas que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, asegurando la protección efectiva de los derechos fundamentales vulnerados, ordenando a las recurridas que, en el más breve plazo, adopten medidas eficaces y concretas, para eliminar el World Id de los adolescentes y bloquear y eliminar todo registro, almacenamiento y tratamiento de las bases de datos en Worldcoin y World App de sus datos biométricos, debiendo dar cuenta acerca del uso y tratamiento efectivo que éstas alcanzaron a realizar sobre los datos biométricos de ambos adolescentes y acredite formalmente la trazabilidad de tráfico de dichos datos. Segundo: Que la sentencia apelada, rechaza la acción constitucional, en primer lugar, por extemporánea, señalando que en el libelo se indica que los hechos denunciados ocurrieron en diciembre de 2023, en tanto el recurso se interpuso el 23 de abril del año en curso. Al respecto argumentan los sentenciadores que no cabe acoger la tesis de la parte recurrente en orden a que se trataría de acciones ilegales o arbitrarias de carácter permanente, pues se trata, el asunto de autos, de la imputación que se hace a las recurridas de un hecho concreto, a saber, la fotografía del iris de los aludidos adolescentes, lo que ocurrió el año pasado, en diciembre, y desde esa época es que debe contarse el plazo de treinta días a que se refiere el Auto Acordado que regula esta materia. Agregan, en segundo término, los sentenciadores que si bien lo expresado es suficiente para desestimar el recurso, en la especie se trata de hechos que se han controvertido y, por lo mismo, no existe un derecho indubitado que proteger. Sin perjuicio que podrán aquellos, que representen los derechos de los menores, ejercer las acciones de lato conocimiento que estimen conveniente, juicios en los que se podrá rendir la prueba que sea menester e interponerse los recu
Fallo
fallo en alzada, con excepción de sus fundamentos quinto a octavo, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y además, presente: Primero: Que se ha deducido acción constitucional por don Anuar Quesille Vera, abogado, Defensor de los Derechos de la Niñez en contra del Grupo Optimistic SpA (antes Worldcoin SpA) y de Tools for Humanity Corporation, por el acto que estima arbitrario, el que hace consistir en que las recurridas instaron, a cambio de recibir una recompensa (en dinero o criptomonedas), a los menores G.E.E de 15 años y A.I.F.G de 17 años a la época, con el fin de obtener imágenes de su iris (dato biométrico), sin verificar su edad, sin dar la información relevante respecto del uso, tratamiento y protección de dichos datos, así como eventuales riesgos y consecuencias, obteniendo un dato biométrico, de carácter sensible, de aquéllos para insertarlos en la cadena blockchain - registro público- que se puede compartir abiertamente entre usuarios dispares y que nunca se pueden borrar. Solicita que se acoja el recurso y se declare la ilegalidad y arbitrariedad de las acciones en que han incurrido las recurridas y se adopten todas las medidas que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, asegurando la protección efectiva de los derechos fundamentales vulnerados, ordenando a las recurridas que, en el más breve plazo, adopten medidas eficaces y concretas, para eliminar el World Id de los adolescentes y bloquear y eliminar todo registro, almacenamiento y t
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Santiago, seis de enero de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus fundamentos quinto a octavo, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y además, presente: Primero: Que se ha deducido acción constitucional por don Anuar Quesille Vera, abogado, Defensor de los Derechos de la Niñez en contra del Grupo Optimistic SpA (antes Worldcoin SpA) y de Tools
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