ROSA ANGELA GÁRATE RISCO/CARLA AMTMANN FECCI Y OTRO
Rol
44651-2024
Fecha
31 de diciembre de 2024
Materia
Civil
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos quinto a séptimo, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y, además, presente: PRIMERO: Que, en estos autos, rol de esta Corte Suprema Nº 44.651-2024, doña Rosa Ángela Gárate Risco dedujo recurso de protección en contra de la Municipalidad de Valdivia y de la Contraloría Regional de Los Ríos, calificando como ilegal y arbitraria la pérdida de su titularidad docente por cese en un cargo de exclusiva confianza, hecho que la privaría del legítimo ejercicio de las garantías previstas en los numerales 1 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. SEGUNDO: Que la sentencia de primer grado rechazó la acción constitucional por extemporánea, teniendo en cuenta que la actora se encontraba en conocimiento de la decisión de la Contraloría Regional, al menos, desde el 27 de septiembre de 2024, agregando, en cuanto al fondo, que la materia discutida no puede ser discutida a través de esta acción constitucional, al no tratarse de una instancia de declaración de derechos. TERCERO: Que, de acuerdo con el mérito de los antecedentes que obran en el expediente electrónico y el contenido de la sentencia en alzada, son hechos de la causa los siguientes: a. El 23 de agosto de 2010, doña Rosa Ángela Gárate Risco, profesora, comenzó a prestar servicios para la Municipalidad de Valdivia, como docente de aula, a contrata, en diversos establecimientos educacionales de la comuna; b. El 1 de marzo de 2018, fue designada como jefa de la Unidad Técnico-Pedagógica de la Escuela Alemania de la referida comuna, siendo confirmada en dicho cargo durante los años lectivos 2019 y 2020; c. Durante los años lectivos 2021 y 2022, fue designada como Inspectora General de la misma escuela; d. El 31 de julio de 2022, la actora obtuvo la titularidad como docente de educación básica, con una jornada total de 44 horas semanales, en virtud de lo dispuesto en la Ley N.º 19.648; e. El 1 de marzo de 2023, la recurrente cesó en el cargo de Inspectora General de la Escuela Alemania, por haber perdido la confianza del Director; f. El 8 de marzo de 2023, la Dirección de Educación Municipal de Valdivia destinó a la recurrente a la Escuela Angachilla, como docente de aula, a contrata, entendiendo que había perdido la titularidad por haber obtenido tal calidad mientras ejercía un cargo directivo en el que cesó; y, g. Mediante los oficios N.º E397144 de 27 de septiembre de 2023, E422941 de 1 de diciembre de 2023, y E497336 de 6 de junio de 2024, la Contraloría Regional de Los Lagos rechazó las reclamaciones de la actora en contra de su empleador. CUARTO: Que un primer asunto que exige el pronunciamiento de este tribunal de apelación consiste en la oportunidad de la interposición de la acción constitucional. En este extremo, es dable resaltar que la recurrente continúa prestando servicios para la Municipalidad de Valdivia, como docente de aula, a contrata. Así, de resultar ilegal la naturaleza de aquel vínculo se trataría de un vicio actual, característica que impide la d
Fallo
fallo en alzada, con excepción de sus fundamentos quinto a séptimo, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y, además, presente: PRIMERO: Que, en estos autos, rol de esta Corte Suprema Nº 44.651-2024, doña Rosa Ángela Gárate Risco dedujo recurso de protección en contra de la Municipalidad de Valdivia y de la Contraloría Regional de Los Ríos, calificando como ilegal y arbitraria la pérdida de su titularidad docente por cese en un cargo de exclusiva confianza, hecho que la privaría del legítimo ejercicio de las garantías previstas en los numerales 1 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. SEGUNDO: Que la sentencia de primer grado rechazó la acción constitucional por extemporánea, teniendo en cuenta que la actora se encontraba en conocimiento de la decisión de la Contraloría Regional, al menos, desde el 27 de septiembre de 2024, agregando, en cuanto al fondo, que la materia discutida no puede ser discutida a través de esta acción constitucional, al no tratarse de una instancia de declaración de derechos. TERCERO: Que, de acuerdo con el mérito de los antecedentes que obran en el expediente electrónico y el contenido de la sentencia en alzada, son hechos de la causa los siguientes: a. El 23 de agosto de 2010, doña Rosa Ángela Gárate Risco, profesora, comenzó a prestar servicios para la Municipalidad de Valdivia, como docente de aula, a contrata, en diversos establecimientos educacionales de la comuna; b. El 1 de marzo de 2018, fue designada como jefa de
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2 Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus fundamentos quinto a séptimo, que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y, además, presente: PRIMERO: Que, en estos autos, rol de esta Corte Suprema Nº 44.651-2024, doña Rosa Ángela Gárate Risco dedujo recurso de protección en contra de la Municipalidad de Valdivia y de la C
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