QUIROZ/ISAPRE CRUZBLANCA S.A.
Rol
16171-2024
Fecha
31 de diciembre de 2024
Materia
Civil
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los
Fundamentos
fundamentos que razonan en el sentido de acoger la acción constitucional los que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que se recurre de protección en favor de Sara Eugenia Quiroz Fernández y en contra de la Isapre Cruz Blanca por el acto ilegal y arbitrario consistente en la desafiliación unilateral al atribuirle haber recibido beneficios que no le correspondían. Solicita que la Isapre deje sin efecto la desafiliación y proceda a reincorporarla a la institución. Segundo: Que, al informar la recurrida de manera detallada explica que ésta ha percibido beneficios irregulares al hacer uso de las licencias médicas, las que además cuestiona en cuanto a la veracidad del diagnóstico. Asimismo refiere que actualmente esta materia se encuentra sometida al imperio del derecho, tramitándose una demanda arbitral ante tal órgano de la administración del estado bajo el rol 4076947-2023. Tercero: Que, una vez delimitada la controversia, resulta necesario señalar que la decisión impugnada es un acto trámite susceptible de impugnarse ante el ente regulador, quien en el marco de un procedimiento sometido al control administrativo deberá emitir el correspondiente pronunciamiento de conformidad a lo que prescribe la normativa que regula la materia. Cuarto: Que de lo antes expuesto, se colige que siendo la determinación impugnada un acto trámite, éste carece de aptitud para conculcar las garantías fundamentales citadas en la acción de protección deducida en estos autos, razón por la que la misma será desestimada. Por estos fundamentos y lo dispuesto por el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la sentencia apelada de diecinueve de abril del año en dos mil veinticuatro, y en su lugar
Fallo
se declara que se rechaza el recurso de protección. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Simpértigue quien estuvo por confirmar el fallo en alzada por sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo del Abogado Integrante señor Valdivia. Rol N° 16.171-2024. Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (as) Sr. Jean Pierre Matus A., Sr. Diego Simpértigue L. y Sra. Dobra Lusic N. (s) y por los Abogados Integrantes Sra. María Angélica Benavides C. y Sr. José Valdivia O. No firma, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, la Ministra Sra. Lusic por haber concluido su período de suplencia.
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los fundamentos que razonan en el sentido de acoger la acción constitucional los que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que se recurre de protección en favor de Sara Eugenia Quiroz Fernández y en contra de la Isapre Cruz Blanca por el acto ilega
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