JARAMILLO GONZALEZ MARIO Y OTROS CON SUBUS CHILE S.A.
Rol
12145-2024
Fecha
31 de diciembre de 2024
Materia
Civil
Resultado
ACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE (M)
Hechos
VISTO: En este procedimiento sumario de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual tramitado ante el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-35.744-2018, caratulados “Jaramillo y otros con Subus Chile S.A. y otro”, por sentencia de veintiuno de abril de dos mil veintitrés se acogió la incidencia de abandono del procedimiento. Apelada dicha decisión por la parte demandante, una Sala de la Corte de Apelaciones de esta ciudad, por pronunciamiento de cinco de marzo de dos mil veinticuatro, la confirmó. En contra de este último fallo, la parte demandante dedujo recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente de casación denuncia infracción al artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, al declarar el abandono del procedimiento, no obstante no concurrir el plazo de seis meses de inactividad exigido por la ley. Sostiene, en síntesis, que la presente causa estuvo paralizada hasta el 14 de junio de 2022, data en la que el tribunal concedió la apelación interpuesta por la demandada en contra de la resolución dictada el 3 del mismo mes y año, que rechazó un primer incidente de abandono del procedimiento, por lo que a la fecha que su parte pidió que se recibiera la causa a prueba -el 13 de diciembre de 2022- no habían transcurrido los seis meses de paralización. Alega, además, que la judicatura cometió un error manifiesto, al establecer que la resolución que denegó el primer incidente de abandono del procedimiento se encontraba ejecutoriada el 9 de junio de 2022, a pesar que respecto de la misma, la demandada apeló y el tribunal -por resolución de 14 del mismo mes y año- concedió el referido recurso en el solo efecto devolutivo. Finaliza solicitando que se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que rechace el incidente de abandono del procedimiento, con costas. SEGUNDO: Que para una adecuada comprensión del asunto, resulta útil tener presente los siguientes antecedentes: 1.- El 14 de noviembre de 2018, se presentó la demanda de autos en juicio sumario. 2.- El 29 de septiembre de 2020, se celebró la audiencia de contestación y conciliación. 3.- El 27 de abril de 2022, la demandada Buses Metropolitana S.A. dedujo un primer incidente de abandono del procedimiento. 4.- Por resolución de 31 de mayo de 2022, el tribunal proveyó la presentación de abandono, concediendo traslado a la parte demandante y decretó la suspensión del cuaderno principal, mientras se conocía y fallaba el incidente en comento. 5.- Por resolución de 3 de junio de 2022, la magistratura rechazó el incidente de abandono del procedimiento promovido por la demandada el 27 de abril del mismo año. 6.- El 9 de junio de 2022, la demandada interpuso recurso de apelación en contra de aquella resolución que denegó declarar el abandono del procedimiento. 7.- Por resolución de 14 de junio de 2022, el juez a quo concedió la apelación deducida en el solo efecto devolutivo. 8.- El 8 de noviembre de 2022, se archivó la causa. 9.- El 13 de diciembre de 2022, la parte demandante pidió el desarchivo del expediente y que se recibiera la causa a prueba. 10.- Por resolución de 13 de febrero de 2023, el tribunal recibió la causa a prueba. 11.- El 21 de marzo de 2023, la demandada interpuso incidente de abandono del procedimiento, fundado en que transcurrió el plazo de seis meses de inactividad contado desde la última resolución recaída en gestión útil para dar curso progresivo a los autos, en los términos que señala el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil. Postuló, en primer lugar, que se reanudó el procedimiento al terminar el estado de
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 764 y 767 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de casación en el fondo deducido por el abogado Rubén Jerez Atenas, en representación de la parte demandante, en contra de la sentencia de cinco de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, la que se invalida y se reemplaza por la que se dicta acto continuo, sin nueva vista, pero separadamente. Regístrese. Redacción a cargo del abogado integrante Sr. Fuentes M. N° 12.145-2024.- Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Arturo Prado P., señora María Angélica Repetto G., señor Mario Carroza E., señora María Soledad Melo L. y el Abogado integrante señor Raúl Patricio Fuentes M. No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma la Ministra señora Repetto, por estar con feriado legal.
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO: En este procedimiento sumario de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual tramitado ante el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-35.744-2018, caratulados “Jaramillo y otros con Subus Chile S.A. y otro”, por sentencia de veintiuno de abril de dos mil veintitrés se acogió la incidencia
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