7º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

TOMAS GRUN SCHWARZ CON FELICIA DEL CARMEN CARLON MARTINEZ

Rol

17790-2024

Fecha

31 de diciembre de 2024

Materia

Civil

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)

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Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia de alzada, con excepción de los

Fundamentos

motivos noveno y décimo primero letra a), que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Lo razonado en los considerandos segundo y del cuarto al séptimo de la sentencia de nulidad que antecede, los que se tienen por expresamente reproducidos. 2°) Que, en consecuencia, al haberse acreditado que el actor tenía la calidad de usufructuario del bien raíz objeto del juicio al momento de interponerse la demanda, carece de legitimidad para accionar de precario, atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 2195 del Código Civil, debiéndose rechazar la acción interpuesta.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia definitiva de ocho de noviembre de dos mil veintitrés dictada en causa Rol C-10.675-2022 del Séptimo Juzgado Civil de Santiago, que acogió la demanda de precario y, en su lugar, se la rechaza, sin costas por haber tenido el actor motivo plausible para litigar. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. Redacción a cargo del abogado integrante Sr. Vidal N° 17.790-2024.- Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Arturo Prado P., señora María Angélica Repetto G., señor Mario Carroza E., señora María Soledad Melo L. y el Abogado integrante señor Álvaro Vidal O. No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma la Ministra señora Repetto, por estar con feriado legal.

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro. Dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Visto: Se reproduce la sentencia de alzada, con excepción de los motivos noveno y décimo primero letra a), que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Lo razonado en los considerand

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