VIDAL/BANCO SANTANDER S.A.
Rol
59592-2024
Fecha
26 de diciembre de 2024
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en esta gestión sobre medida prejudicial preparatoria de exhibición de documento, se ha ordenado de cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte solicitante, en contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que revocó la resolución de primera instancia de veintitrés de febrero de dos mil veinticuatro, que dispuso hacer efectivo el apercibimiento del artículo 277 del Código de Procedimiento Civil, perdiendo la parte solicitada el derecho a hacer valer los documentos individualizados en la solicitud de folio 01, para todos los efectos legales y en su lugar decide que se rechaza la referida solicitud. 2°.- Que, el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia; 3°.- Que, la resolución impugnada por esta vía no presenta la característica de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni tampoco ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Pedro Manuel Escobar Quintana en representación de la parte solicitante, en contra de la sentencia de dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha ocho de noviembre de dos mil veinticuatro. Regístrese y devuélvase. Rol N° 59.592 – 2024.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Pedro Manuel Escobar Quintana en representación de la parte solicitante, en contra de la sentencia de dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha ocho de noviembre de dos mil veinticuatro. Regístrese y devuélvase. Rol N° 59.592 – 2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en esta gestión sobre medida prejudicial preparatoria de exhibición de documento, se ha ordenado de cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte solicitante, en contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que revocó la resolución de primera instanc
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