INMOBILIARIA PENINSULA DE PUCON S.A CON I. MUNICIPALIDAD DE PUCÓN
Rol
6740-2024
Fecha
18 de diciembre de 2024
Materia
Civil
Resultado
RECHAZADAS CASACIÓN FORMA Y FONDO (M)
Hechos
Vistos: En estos autos, ingreso Corte Rol Nº 6.740-2024, caratulados “Inmobiliaria Península de Pucón S.A. con I. Municipalidad de Pucón”, la reclamante dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco que rechazó el reclamo de ilegalidad que interpuso respecto del Ordinario N° 620 de 17 de junio de 2023 emitido por la Dirección de Obras del referido ente edilicio, en virtud del cual se rechazó su solicitud de aprobación de anteproyecto de edificación de obra nueva, por no acompañar pronunciamiento del Servicio de Evaluación Ambiental conforme lo dispone el artículo 10 letra s) de la Ley N° 19.300. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: I.- En cuanto al recurso de casación en la forma: Primero: Que, en el arbitrio de nulidad formal, se denuncia la infracción al artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 170 numeral 6° del mismo texto legal, esto es, por falta de decisión del asunto controvertido. La actora expone que el
Fallo
fallo impugnado no se pronunció sobre la alegación formulada por su parte, consistente en que el Ordinario N° 620, al rechazar su solicitud de anteproyecto, no se hizo cargo de su defensa, referente a la impertinencia de exigirle, en esa etapa administrativa, una evaluación ambiental de acuerdo con el artículo 10 literal s) de la Ley 21.202 (sic) y que la Municipalidad solo intentó salvar al contestar el traslado, en los presentes autos, lo cual sostiene es improcedente y da cuenta, además, de la falta de motivación del acto. Explicita que, sin perjuicio de lo anterior, dicha exigencia carece de fundamento legal y lógico, puesto que su solicitud es relativa a un anteproyecto y, por tanto, sus efectos son meramente administrativos, como lo es el congelamiento de la normativa urbanística e instrumentos territoriales para los efectos de poder elaborar, con posterioridad, la solicitud de edificación de obra nueva propiamente tal. Por dicha razón, concluye que la sentencia no resuelve sobre las ilegalidades denunciadas por su parte referidas al incumplimiento del artículo 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), y los artículos 1.1.2., 1.4.2., 1.4.9. y 5.1.5. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), la Ley N° 21.202 y lo dispuesto en los artículos 2 letra k), 8, 9 y 10 de la Ley N° 19.300, lo cual amerita su nulidad, con el fin que se falle en derecho. Segundo: Que, en cuanto a la causal de casación prevista en el artículo 768 N° 5 del Có
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: En estos autos, ingreso Corte Rol Nº 6.740-2024, caratulados “Inmobiliaria Península de Pucón S.A. con I. Municipalidad de Pucón”, la reclamante dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco que rechazó el reclamo de ilegalidad que interpuso respecto de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica