COMERCIAL CRUZEIRO SA/CARTES
Rol
59230-2024
Fecha
18 de diciembre de 2024
Materia
Policia Local
Resultado
RECHAZADO RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos: 1° Que, el recurso de queja tiene por exclusiva finalidad corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. Por lo mismo, como se advierte, el estándar de configuración del citado medio de impugnación es sumamente alto, ya que no solo se satisface con la verificación de una falta o abuso, sino que, como lo indica el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, se requiere además que sea calificada como grave, es decir revestida de una intensidad superior. 2° Que, por medio de la acción disciplinaria interpuesta, se impugna la sentencia dictada por una sala de la Corte de Apelaciones de Temuco que confirmó la sentencia de primer grado pronunciada por el Juzgado de Policía Local de Pucón que acogió la querella infraccional y demanda civil interpuesta en contra de Comercial Cruzeiro S.A. 3° Que, de un atento estudio del libelo de queja, se constata que la protesta y disconformidad viene dada por la ponderación e interpretación jurídica de los antecedentes hecha por la judicatura de base y confirmada por los recurridos, factor que dista ostensible de ser calificado como una falta o abuso grave en el ejercicio de la función jurisdiccional. Por lo demás, la proscripción legal de valerse del recurso de casación, en caso alguno habilita para ocultarlo bajo la apariencia de un recurso de carácter disciplinario como la entablada en el caso sub lite, toda vez que torcería el propósito tenido en vista por el legislador al contemplar la restricción. 4°Que, como lo ha sostenido reiteradamente esta Corte, el uso de esta herramienta excepcional no habilita para aperturar una nueva instancia de debate frente a la mera disconformidad acerca de la valoración e interpretación judicial plasmada en un fallo, razón por la que, al no percibir falta o abuso grave atribuible a los recurridos, no queda sino rechazar de plano el recurso de queja promovido. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto por el abogado Rodrigo Olivares Tscherebilo en representación de Comercial Cruzeiro S.A. Al primer y segundo otrosí: Estese al mérito de lo resuelto; Al tercer otrosí: Téngase presente. Rol Ingreso N°59230-2024.
Fallo
Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto por el abogado Rodrigo Olivares Tscherebilo en representación de Comercial Cruzeiro S.A. Al primer y segundo otrosí: Estese al mérito de lo resuelto; Al tercer otrosí: Téngase presente. Rol Ingreso N°59230-2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro. Proveyendo a lo principal del recurso de queja promovido por el abogado Rodrigo Olivares Tscherebilo en representación de Comercial Cruzeiro S.A. Vistos: 1° Que, el recurso de queja tiene por exclusiva finalidad corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. Por lo mismo, como se
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