MUÑOZ/POZA
Rol
59232-2024
Fecha
18 de diciembre de 2024
Materia
Reforma
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos: 1° Que, el recurso de queja tiene por exclusiva finalidad corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de ciertas resoluciones judiciales, a saber: sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su tramitación o bien sentencia definitiva y que, además, no sean susceptibles de ser impugnadas por recurso alguno. Empero, en el ámbito procesal penal, se debe incorporar otro requisito de admisión, esta vez asociado a la naturaleza de la resolución impugnada. En efecto, el artículo 387 inciso 1 del Código Procesal Penal, reza que “la resolución que fallare un recurso de nulidad no será susceptible de recurso alguno, sin perjuicio de la revisión de la sentencia condenatoria firme de que se trata en este Código”. 2° Que, asimismo, la interposición del recurso de queja lleva consigo la sujeción a cargas impuestas por la ley, sin las cuales el arbitrio no puede prosperar. Así, el artículo 548 del Código Orgánico de Tribunales establece una serie de requisitos para entablar adecuadamente la mentada acción disciplinaria, varias de las cuales no fueron cumplidas por el quejoso, entre ellas, la obligación de patrocinar el recurso. 3° Que, no conforme con ello, por medio del presente recurso de queja, se impugna la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa en contra la decisión pronunciada por el Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, hipótesis que, conforme el tenor de la norma transcrita en el motivo primero, proscribe toda clase impugnación para esta variante de resolución judicial, con la excepcionalísima salvedad de aquella acción declarativa que menciona en su parte final y que, por cierto, no es la fue deducida en la especie. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y artículo 545, 548 y 549 a), todos del Código Orgánico d
Fallo
Fallo de Recurso de Queja y artículo 545, 548 y 549 a), todos del Código Orgánico de Tribunales y 387 inciso primero del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto en beneficio de Ricardo Muñoz Fuenzalida. Rol Ingreso N°59.232-2024
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro. Al otrosí de folio 9: Estese a lo que se resolverá. Proveyendo a lo principal del recurso de queja promovido en beneficio de Ricardo Muñoz Fuenzalida. Vistos: 1° Que, el recurso de queja tiene por exclusiva finalidad corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de ciertas resoluciones judiciales, a saber: sentencias in
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