C.A. de Valparaíso

ÁLVAREZ/BURGOS

Rol

47902-2024

Fecha

5 de diciembre de 2024

Materia

Civil

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa corrección de su último considerando, reemplazando “Quinto” por “Sexto” Y teniendo, además, presente: Que como lo indica el fallo recurrido, los hechos descritos constituyen un disenso vecinal, lo que podría dar lugar a ejercer acciones ante el juzgado de policía local competente, pero no constituyen una vulneración de Derechos Fundamentales que deba ser cautelado por esta vía. Y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Excma. Corte Suprema sobre la materia, se confirma la sentencia en alzada, dictada el doce de septiembre de dos mil veinticuatro por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que rechazó el recurso de protección interpuesto por Mauricio Alvarez Fritz, sin perjuicio de otros derechos que asistan al recurrente. Regístrese y devuélvase. Rol N° 47.902-2024

Fallo

fallo recurrido, los hechos descritos constituyen un disenso vecinal, lo que podría dar lugar a ejercer acciones ante el juzgado de policía local competente, pero no constituyen una vulneración de Derechos Fundamentales que deba ser cautelado por esta vía. Y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Excma. Corte Suprema sobre la materia, se confirma la sentencia en alzada, dictada el doce de septiembre de dos mil veinticuatro por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que rechazó el recurso de protección interpuesto por Mauricio Alvarez Fritz, sin perjuicio de otros derechos que asistan al recurrente. Regístrese y devuélvase. Rol N° 47.902-2024

Texto Completo (Preview)

Santiago, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa corrección de su último considerando, reemplazando “Quinto” por “Sexto” Y teniendo, además, presente: Que como lo indica el fallo recurrido, los hechos descritos constituyen un disenso vecinal, lo que podría dar lugar a ejercer acciones ante el juzgado de policía local competente, pero no con

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