LARRAÍN/FEDIR CHILE SPA - (LTE) - *
Rol
53171-2024
Fecha
5 de diciembre de 2024
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio ordinario de menor cuantía, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó el fallo de primera instancia de veinticinco de marzo de dos mil veintidós, que rechazó la demanda de cobro de pesos. 2°.- Que en su recurso de invalidez sustancial, el impugnante expresa que la sentencia cuestionada ha contravenido el artículo 160 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el tribunal ha fundamentado su decisión de rechazar la demanda en base a una falta de legitimación activa de la actora que no fue opuesta por la demandada. Sostiene que la legitimación activa, como una defensa de carácter procesal, es una cuestión que corresponde oponerla exclusivamente a la parte demandada, si así lo estima necesario. 3°.- Que de conformidad con lo que dispone el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, la ley concede el recurso de casación en el fondo en contra de sentencias que se hayan pronunciado con infracción de ley que haya influido en lo dispositivo del fallo, esto es, que contienen errores de derecho consistentes en una equivocada aplicación, interpretación o falta de aplicación de aquellas normas destinadas a decidir la cuestión controvertida, y no como en la especie ha ocurrido, en que la norma que se pretende infringida tiene el carácter ordenatorio Litis. En consecuencia, la infracción del artículo 160 del Código de Procedimiento Civil que funda en que los sentenciadores se extendieron a puntos no sometidos a su decisión, constituye un argumento de nulidad formal que debió ser alegado a través del recurso respectivo, siendo inadmisible su proposición a través de un recurso de casación en el fondo. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por la abogada Marialejandra Navarrete Bernales, en representación de la demandante, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. Regístrese y devuélvase. Rol N° 53.171 – 2024.
Fallo
fallo de primera instancia de veinticinco de marzo de dos mil veintidós, que rechazó la demanda de cobro de pesos. 2°.- Que en su recurso de invalidez sustancial, el impugnante expresa que la sentencia cuestionada ha contravenido el artículo 160 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el tribunal ha fundamentado su decisión de rechazar la demanda en base a una falta de legitimación activa de la actora que no fue opuesta por la demandada. Sostiene que la legitimación activa, como una defensa de carácter procesal, es una cuestión que corresponde oponerla exclusivamente a la parte demandada, si así lo estima necesario. 3°.- Que de conformidad con lo que dispone el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, la ley concede el recurso de casación en el fondo en contra de sentencias que se hayan pronunciado con infracción de ley que haya influido en lo dispositivo del fallo, esto es, que contienen errores de derecho consistentes en una equivocada aplicación, interpretación o falta de aplicación de aquellas normas destinadas a decidir la cuestión controvertida, y no como en la especie ha ocurrido, en que la norma que se pretende infringida tiene el carácter ordenatorio Litis. En consecuencia, la infracción del artículo 160 del Código de Procedimiento Civil que funda en que los sentenciadores se extendieron a puntos no sometidos a su decisión, constituye un argumento de nulidad formal que debió ser alegado a través del recurso respectivo, siendo inadmisible su proposición a través de un recurso de casación en el fondo. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por la abogada Marialejandra Navarrete Bernales, en representación de la demandante, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. Regístrese y devuélvase. Rol N° 53.171 – 2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio ordinario de menor cuantía, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó el fallo de primera instancia de veinticinco de marzo de dos mil v
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