ARAUCO MALLS CHILE S.A./CORREA
Rol
56872-2024
Fecha
4 de diciembre de 2024
Materia
Policia Local
Resultado
RECHAZADO RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos: 1° Que, el recurso de queja tiene por exclusiva finalidad corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. Por lo mismo, como se advierte, el estándar de configuración del citado medio de impugnación es sumamente alto, ya que no solo se satisface con la verificación de una falta o abuso, sino que, como lo indica el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, se requiere además que sea calificada como grave, es decir revestida de una intensidad superior. 2° Que, por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó la decisión del Segundo Juzgado de Policía Local de Maipú que acogió la querella infraccional y demanda civil deducida en contra del quejoso. 3° Que, de un atento estudio del libelo de queja, se constata que la protesta y disconformidad viene dada por la interpretación jurídica y ponderación de los antecedentes asignada por los recurridos para confirmar el fallo apelado por la empresa demandada, factor que dista ostensible de ser calificado como una falta o abuso grave en el ejercicio de la función jurisdiccional. 4°Que, como lo ha sostenido reiteradamente esta Corte, el uso de esta herramienta excepcional no habilita para aperturar una tercera instancia de debate frente a la mera disconformidad acerca de la valoración de los antecedentes, razón por la que, al no percibir falta o abuso grave atribuible a los recurridos, no queda sino rechazar de plano el recurso de queja promovido. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto por el abogado José Tomás Bulnes León en representación de Arauco Malls Chile S.A. Al primer, segundo, tercer y cuarto otrosí: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente; Al quinto, sexto, séptimo y octavo otrosí: Téngase presente. Rol Ingreso N°56.872-2024.
Fallo
fallo apelado por la empresa demandada, factor que dista ostensible de ser calificado como una falta o abuso grave en el ejercicio de la función jurisdiccional. 4°Que, como lo ha sostenido reiteradamente esta Corte, el uso de esta herramienta excepcional no habilita para aperturar una tercera instancia de debate frente a la mera disconformidad acerca de la valoración de los antecedentes, razón por la que, al no percibir falta o abuso grave atribuible a los recurridos, no queda sino rechazar de plano el recurso de queja promovido. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto por el abogado José Tomás Bulnes León en representación de Arauco Malls Chile S.A. Al primer, segundo, tercer y cuarto otrosí: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente; Al quinto, sexto, séptimo y octavo otrosí: Téngase presente. Rol Ingreso N°56.872-2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro. Proveyendo a lo principal del recurso de queja promovido por el abogado José Tomás Bulnes León en representación de Arauco Malls Chile S.A. Vistos: 1° Que, el recurso de queja tiene por exclusiva finalidad corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. Por lo mismo, como se adviert
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