C.A. de Santiago

ORTEGA/SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

47371-2024

Fecha

29 de noviembre de 2024

Materia

Civil

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los

Fundamentos

fundamentos que acogen el recurso los que se eliminan. Y se tiene en su lugar presente: Primero: Que del mérito de los antecedentes se desprende que el recurrente estima que se han vulnerado sus derechos al archivar su petición de obtener carta de nacionalidad, lo que es ilegal y arbitrario y vulnera el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política. Segundo: Que, del examen de los antecedentes referidos por el recurrente, se colige que éste efectivamente realizó la respectiva solicitud de carta de nacionalidad, sin embargo no acompañó, dentro del plazo, todos los antecedentes requeridos por la autoridad, lo que impidió a ésta dar curso al avance de la referida solicitud, procediendo a archivar los antecedentes de su presentación Tercero: Que, de lo expuesto, aparece que la parte recurrente no ha acreditado en autos la existencia de un derecho indiscutido y preexistente de aquellos cuyo imperio esta Corte ha de proteger por esta vía cautelar de urgencia, razón suficiente para concluir que la presente acción ha de ser rechazada, sin perjuicio del ejercicio de otras acciones que puedan asistirle. Cabe señalar, además, que el archivo de los antecedentes no constituye un rechazo a su solicitud, pudiendo el actor realizar una nueva presentación al efecto, ante las autoridades respectiva. Cuarto: Que

Fallo

en virtud de lo razonado el presente recurso de protección no está en condiciones de prosperar, sin perjuicio de otras acciones y derechos que pudieren corresponder a la parte recurrente. De conformidad asimismo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la sentencia apelada, y en su lugar, se rechaza el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 47.371-2024

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Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los fundamentos que acogen el recurso los que se eliminan. Y se tiene en su lugar presente: Primero: Que del mérito de los antecedentes se desprende que el recurrente estima que se han vulnerado sus derechos al archivar su petición de obtener carta de nacionalidad, lo que es i

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