ROMÁN/CORTE APELACIONES DE SANTIAGO
Rol
57305-2024
Fecha
27 de noviembre de 2024
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE HECHO
Hechos
Visto y teniendo presente: 1.- Que don Marco Bustamante Navarro, en representación del demandado, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de once de noviembre último, dictada por la Sala de cuenta de la Corte de Apelaciones de Santiago, en autos Rol 17.429-2024, por la que se declaró inadmisible un recurso de apelación interpuesto en subsidio, respecto de la resolución de veinticinco de septiembre del año en curso, que desestimó un incidente de nulidad de todo lo obrado en la causa Rol C-5069-2023 del Octavo Juzgado Civil de Santiago, sobre precario en procedimiento monitorio. 2° Que el recurso de hecho está previsto para ser conocido por un tribunal de segundo grado, es decir, por aquel que resulta competente para resolver del recurso de apelación que lo motiva. 3° Que en conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código Orgánico de Tribunales, la Corte Suprema es -en general- un tribunal de casación, y sólo por excepción constituye un tribunal de segunda instancia, para aquellos casos en que la ley expresamente así lo ha dispuesto. 4° Que examinados los antecedentes se observa que el caso propuesto no se aviene con la competencia asignada a esta Corte Suprema ni se encuentra comprendido en alguna de las hipótesis de excepción en que conoce de los asuntos como tribunal de alzada, motivo por el cual el recurso de hecho deducido es improcedente. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de hecho deducido por el abogado Marco Bustamante Navarro. Al primer otrosí, téngase presente; al segundo otrosí, a sus antecedentes. Regístrese y comuníquese. Nº 57.305-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de hecho deducido por el abogado Marco Bustamante Navarro. Al primer otrosí, téngase presente; al segundo otrosí, a sus antecedentes. Regístrese y comuníquese. Nº 57.305-2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro. Proveyendo el recurso de hecho: A lo principal: Visto y teniendo presente: 1.- Que don Marco Bustamante Navarro, en representación del demandado, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de once de noviembre último, dictada por la Sala de cuenta de la Corte de Apelaciones de Santiago, en autos Rol 17.429-2024, por la que se dec
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