PINO/DE LA VEGA
Rol
56092-2024
Fecha
20 de noviembre de 2024
Materia
Reforma
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos: 1° Que, el recurso de queja tiene por exclusiva finalidad corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de ciertas resoluciones judiciales, a saber: sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su tramitación o bien sentencia definitiva y que, además, no sean susceptibles de ser impugnadas por recurso alguno. 2° Que, por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca que confirmó la decisión del Juzgado de Garantía de Constitución que mantuvo la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno respecto del imputado Luis Valenzuela Cáceres. 3° Que, basta atender a la naturaleza jurídica de la resolución impugnada por la vía del presente arbitrio disciplinario, para disponer su inadmisión in limine. Lo anterior, en el entendido que la decisión que se pronuncia sobre una medida cautelar no comparte de modo alguno los caracteres de sentencia definitiva como tampoco el de ser una interlocutoria que ponga término al juicio o haga imposible su continuación. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto por la abogada Leda Santander Alvarado en representación de Raúl Pino Gómez. Al primer y segundo otrosí: A sus antecedentes; Al tercer otrosí: Téngase presente. Rol Ingreso N°56.092-24.
Fallo
Fallo de Recurso de Queja y artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto por la abogada Leda Santander Alvarado en representación de Raúl Pino Gómez. Al primer y segundo otrosí: A sus antecedentes; Al tercer otrosí: Téngase presente. Rol Ingreso N°56.092-24.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinticuatro. Proveyendo a lo principal del recurso de queja promovido por la abogada Leda Santander Alvarado en representación de Raúl Pino Gómez. Vistos: 1° Que, el recurso de queja tiene por exclusiva finalidad corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de ciertas resoluciones judiciales, a saber: sentencias interlocutorias que pong
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