INMOBILIARIA BRAMAN LTDA/HERNÁNDEZ
Rol
56091-2024
Fecha
20 de noviembre de 2024
Materia
Policia Local
Resultado
RECHAZADO RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos: 1° Que, el recurso de queja tiene por exclusiva finalidad corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. Por lo mismo, como se advierte, el estándar de configuración del citado medio de impugnación es sumamente alto, ya que no solo se satisface con la verificación de una falta o abuso, sino que, como lo indica el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, se requiere además que sea calificada como grave, es decir revestida de una intensidad superior. 2° Que, por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago con fecha 28 de octubre de 2024, que confirmó con costas la dictada en primera instancia por el Segundo Juzgado de Policía Local de Providencia que condenó a Braman Leasing Limitada al pago de una multa de 20 UTM a beneficio fiscal y la suma de $600.959.955 a la actora, más reajustes, intereses y costas. 3° Que, de un atento estudio del libelo de queja, se constata que la protesta y disconformidad viene dada por la valoración e interpretación jurídica asignada tanto por la judicatura de base como la de alzada respecto de los antecedentes que obran en la causa y que culminaron en el pronunciamiento de la condena por ambos ítems, factor que dista ostensible de ser calificado como una falta o abuso grave en el ejercicio de la función jurisdiccional. Por lo demás, el quejoso no explica satisfactoriamente la forma en que se habrían generado las supuestas faltas o abusos ni menos un desarrollo adecuado respecto de su gravedad. 4°Que, a mayor abundamiento los jueces recurridos justificaron fundada y detalladamente cada una de sus decisiones, haciéndose cargo, en base a una hermenéutica netamente jurídica, de cada uno de los reproches cuya competencia les permitía pronunciarse, cumpliendo con ello a cabalidad con el deber de motivación exigible frente a la dictación de una sentencia definitiva. En ese sentido, como lo ha sostenido reiteradamente esta Corte, el uso de esta herramienta excepcional no habilita para aperturar una tercera instancia de debate frente a la mera disconformidad acerca de la valoración de los antecedentes, razón por la que, al no percibir falta o abuso grave atribuible a los recurridos, no queda sino rechazar de plano el recurso de queja promovido. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto por el abogado Luis Correa Bluas en representación de Braman Leasing Limitada. Al primer otrosí: A sus antecedentes; Al segundo otrosí: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente; Al tercer otrosí: Téngase presente. Rol Ingreso N°56.091-24.
Fallo
Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto por el abogado Luis Correa Bluas en representación de Braman Leasing Limitada. Al primer otrosí: A sus antecedentes; Al segundo otrosí: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente; Al tercer otrosí: Téngase presente. Rol Ingreso N°56.091-24.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinticuatro. A folio 10: A lo principal: téngase presente; Al otrosí: Estese a lo que se resolverá. Proveyendo a lo principal del recurso de queja promovido por el abogado Luis Correa Bluas en representación de Braman Leasing Limitada. Vistos: 1° Que, el recurso de queja tiene por exclusiva finalidad corregir las faltas o abusos graves cometidos en la
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