C.A. de Santiago

VAZQUEZ VARGAS CLAUDIA ANDREA CONTRA 7° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO

Rol

57161-2024

Fecha

20 de noviembre de 2024

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos segundo a cuarto, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que, los hechos que se le imputan a la amparada habrían acaecido el año 2017, y la misma fue formalizada en mayo del presente año, lo que no fue controvertido, así las cosas conforme establece el artículo 233 del Código Procesal Penal, la prescripción de la acción penal, se suspende con la formalización. 2°) Que, así las cosas, la actuación impugnada por la presente acción constituiría una afectación al derecho constitucional invocado por la parte recurrente, toda vez que lo expone a una sanción. 3°) Que, sin perjuicio de lo señalado, existen otros elementos que deben ser ponderados por el tribunal, para determinar si se cumplen con los requisitos para establecer la prescripción de la acción penal.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de ocho de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 2868-2024, y en su lugar se resuelve que se acoge el amparo constitucional intentado en estos autos, declarándose que el 7° Juzgado de Garantía deberá citar a una audiencia a fin de debatir con todos los antecedentes la petición de sobreseimiento definitivo por prescripción de la acción penal. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol N° 57161-2024.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 115290-2024, 115293-2024 y 115421-2024: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos segundo a cuarto, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que, los hechos que se le imputan a la amparada habrían acaecido el año 2017, y la misma fue fo

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