2º JUZGADO DE LETRAS DE SAN ANTONIO

CÁCERES ROA GRICELDA Y OTROS CON BARCAZO HERNANDEZ TERESA Y OTRO(S)

Rol

226410-2023

Fecha

21 de octubre de 2024

Materia

Civil

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)

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Hechos

VISTO: Se reproduce el fallo en alzada con excepción del motivo décimo segundo, que se elimina. Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: Lo razonado en los

Fundamentos

considerandos cuarto a séptimo de la sentencia de casación que antecede, y de conformidad a lo estatuido en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia apelada de diecinueve de octubre de dos mil veintidós, pronunciada por el Segundo Juzgado de Letras de San Antonio en los autos rol C-2189-2019. Acordada con el voto en contra del ministro Sr. Silva, por las razones expresadas en el voto de disidencia de la sentencia de nulidad que antecede. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo del ministro señor Juan Eduardo Fuentes B. El voto en contra, su autor. Rol Nº 226.410 – 2023. Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Juan Eduardo Fuentes B., señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G., y los Abogados integrantes señor José Miguel Valdivia O. y señor Álvaro Vidal O. No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma la Ministra señora Repetto, por estar con permiso.

Fallo

fallo precedente y lo estatuido en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo. VISTO: Se reproduce el fallo en alzada con excepción del motivo décimo segundo, que se elimina. Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: Lo razonado en los considerandos cuarto a séptimo de la sentencia de casación que antecede, y de conformidad a lo estatuido en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia apelada de diecinueve de octubre de dos mil veintidós, pronunciada por el Segundo Juzgado de Letras de San Antonio en los autos rol C-2189-2019. Acordada con el voto en contra del ministro Sr. Silva, por las razones expresadas en el voto de disidencia de la sentencia de nulidad que antecede. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo del ministro señor Juan Eduardo Fuentes B. El voto en contra, su autor. Rol Nº 226.410 – 2023. Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Juan Eduardo Fuentes B., señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G., y los Abogados integrantes señor José Miguel Valdivia O. y señor Álvaro Vidal O. No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma la Ministra señora Repetto, por estar con permiso.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro. En cumplimiento a lo ordenado en el fallo precedente y lo estatuido en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo. VISTO: Se reproduce el fallo en alzada con excepción del motivo décimo segundo, que se elimina. Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: Lo razonado en los considerandos cuarto a sé

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