C.A. de Santiago

SOCIEDAD DE INVERSIONES Y SERVICIOS LA ESPERANZA SPA/VÁSQUEZ

Rol

53101-2024

Fecha

21 de octubre de 2024

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno. Segundo: Que el recurso de queja deducido por el abogado Felipe Gamboa Lavados impugna el pronunciamiento de la Corte de Apelaciones de Santiago que, con fecha tres de octubre de dos mil veinticuatro, rechazó un recurso de reposición interpuesto por la misma parte, en contra de aquella de nueve de septiembre del mismo año, que declaró inadmisible –por extemporáneo- el recurso de queja interpuesto contra la sentencia arbitral dictada el veintiuno de agosto pasado. Tercero: Que de lo expuesto se desprende que la resolución atacada por la vía del recurso de queja no participa de la naturaleza jurídica de aquellas reseñadas en el motivo primero precedente, razón por la cual no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Felipe Gamboa Lavados. Al primer y tercer otrosí: estese al mérito de autos. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al cuarto otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. N° 53.101-2024

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Felipe Gamboa Lavados. Al primer y tercer otrosí: estese al mérito de autos. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al cuarto otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. N° 53.101-2024

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro. Proveyendo el recurso de queja: A lo principal: Visto y teniendo presente: Primero: Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibl

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica