GARCIA TRUJILLO YEUHDY IBEL CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
51684-2024
Fecha
21 de octubre de 2024
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de uno de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 2.597-2024. Acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Llanos, quien fue de la opinión de revocar la resolución apelada y, en consecuencia, acoger la acción constitucional, teniendo presente para ello que la resolución impugnada se sustenta en que el amparado registra en su país de origen una condena impuesta por sentencia dictada el 9 de diciembre de 1999, esto es, hace más de veinte años, sin que se haya considerado las graves consecuencias que conlleva dicha decisión, teniendo en especial consideración que con anterioridad le ha sido otorgada residencia temporal por la autoridad migratoria, que se encuentra en el país desde hace más de seis años, que su cónyuge e hijo de diez años son residentes definitivos, que se desempeña como jefe de bodega desde el año 2020 y la grave situación humanitaria que actualmente afecta al país del que es natural, circunstancias que determinan la ilegalidad de la resolución impugnada, por desproporcionada, a la luz de los antecedentes acreditados en esta sede, por lo que en opinión de este Ministro disidente correspondía revocar la sentencia apelada y acoger el recurso de amparo deducido. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Matus, quien estuvo por acoger la acción de amparo para el sólo efecto de suspender la ejecución del acto recurrido por el plazo de 90 días, dentro del cual se habilitará un procedimiento para revisar nuevamente lo decido, teniendo presente que es un hecho público y notorio la grave situación humanitaria que afecta al país de origen del amparado del que es nacional. Regístrese y devuélvase. Rol N° 51.684-2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 103316-2024: a lo principal, a sus antecedentes. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de uno de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 2.597-2024. Acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Llanos, quien fue de la opinión de revocar la resolución ap
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