FUNDACION VALIDAME/AFP CUPRUM S.A.
Rol
49623-2024
Fecha
18 de octubre de 2024
Materia
Civil
Resultado
DIRIMIDA CONTIENDA COMPETENCIA, REMÍTANSE AUTOS
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1º.- Que, el numeral 1º del Acta Nº 94 de 2015 de esta Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del recurso de protección, confiere a la recurrente la posibilidad de optar entre el tribunal en que se produjo el acto u omisión, o aquel en que se generan los efectos del acto recurrido. 2º.- Que, en el caso concreto, del tenor del libelo se desprende que el recurrente fijó domicilio en la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de La Serena. 3º.- Que, así, no resulta pertinente que el tribunal de origen decline el conocimiento del asunto, aduciendo su incompetencia relativa en razón del territorio, sobre la base de antecedentes complementarios distintos a lo declarado por el protegido en su recurso. Por lo anterior, y de conformidad con la normativa pertinente, se dirime la contienda de competencia y se declara que la acción constitucional deberá ser conocida por la Corte de Apelaciones de La Serena. Comuníquese lo resuelto a las Cortes de Apelaciones de La Serena e Iquique. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 49.623-2024.
Fallo
fallo del recurso de protección, confiere a la recurrente la posibilidad de optar entre el tribunal en que se produjo el acto u omisión, o aquel en que se generan los efectos del acto recurrido. 2º.- Que, en el caso concreto, del tenor del libelo se desprende que el recurrente fijó domicilio en la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de La Serena. 3º.- Que, así, no resulta pertinente que el tribunal de origen decline el conocimiento del asunto, aduciendo su incompetencia relativa en razón del territorio, sobre la base de antecedentes complementarios distintos a lo declarado por el protegido en su recurso. Por lo anterior, y de conformidad con la normativa pertinente, se dirime la contienda de competencia y se declara que la acción constitucional deberá ser conocida por la Corte de Apelaciones de La Serena. Comuníquese lo resuelto a las Cortes de Apelaciones de La Serena e Iquique. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 49.623-2024.
Texto Completo (Preview)
1 Santiago, dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1º.- Que, el numeral 1º del Acta Nº 94 de 2015 de esta Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del recurso de protección, confiere a la recurrente la posibilidad de optar entre el tribunal en que se produjo el acto u omisión, o aquel en que se generan los efectos del acto recurrido. 2º.- Que, en el caso concret
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