C.A. de Santiago

ANONIMIZADO

Rol

49603-2024

Fecha

11 de octubre de 2024

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos sexto y séptimo que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además presente: 1° Que, el artículo 457, inciso segundo, del Código Procesal Penal, dispone: “…En ningún caso la medida de seguridad podrá llevarse a cabo en un establecimiento carcelario. Si la persona se encontrare recluida, será trasladada a una institución especializada para realizar la custodia, tratamiento o la internación. Si no lo hubiere en el lugar, se habilitará un recinto especial en el hospital público más cercano”. Por su parte, el artículo 464 del mismo Código, en lo pertinente,...

Texto Completo (Preview)

Santiago, once de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus fundamentos sexto y séptimo que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además presente: 1° Que, el artículo 457, inciso segundo, del Código Procesal Penal, dispone: “…En ningún caso la medida de seguridad podrá llevarse a cabo en un establecimiento carcelario. Si la persona se encont

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