JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE RIO NEGRO

RAMÍREZ/ANDRADE

Rol

47694-2024

Fecha

8 de octubre de 2024

Materia

Policia Local

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA (M)

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo en consideración: 1° Que el recurso de queja procede contra las sentencias interlocutorias, cuando ponen fin al juicio o hacen imposible su continuación, o contra las sentencias definitivas, siempre que unas y otras no sean susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario. 2° Que, se ha deducido este recurso contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Valdivia que rechazó la reposición deducida de aquella que declaró inadmisible la apelación de la sentencia dictada por el Juzgado de Policía Local; decisión que no comparte la naturaleza de aquellas que hacen procedente el líbelo intentado, razón que lleva que este sea declarado inadmisible. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por don Roberto Molina Ortíz por Pamela Ramírez Antilef y Erwin Álvarez Velásquez. Al primer, segundo y cuarto otrosí: estese a lo decidido; al tercer otrosí: a sus antecedentes y al quinto otrosí: téngase presente. Al escrito folio 100308-24; estese al mérito de lo decidido. Regístrese y archívese. Rol N° 47694-24. Pronunciado por la Segunda Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros Sres. Leopoldo Llanos S., Jean Pierre Matus A., la Ministra Sra. María Cristina Gajardo H., y las Abogadas Integrantes Sras. Pía Tavolari G., y Andrea Ruiz R. No firma el Ministro Sr. Llanos y la Ministra Sra. Gajardo, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar en comisión de servicios y con feriado legal, respectivamente.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de queja deducido por don Roberto Molina Ortíz por Pamela Ramírez Antilef y Erwin Álvarez Velásquez. Al primer, segundo y cuarto otrosí: estese a lo decidido; al tercer otrosí: a sus antecedentes y al quinto otrosí: téngase presente. Al escrito folio 100308-24; estese al mérito de lo decidido. Regístrese y archívese. Rol N° 47694-24. Pronunciado por la Segunda Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros Sres. Leopoldo Llanos S., Jean Pierre Matus A., la Ministra Sra. María Cristina Gajardo H., y las Abogadas Integrantes Sras. Pía Tavolari G., y Andrea Ruiz R. No firma el Ministro Sr. Llanos y la Ministra Sra. Gajardo, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar en comisión de servicios y con feriado legal, respectivamente.

Texto Completo (Preview)

Santiago, ocho de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo en consideración: 1° Que el recurso de queja procede contra las sentencias interlocutorias, cuando ponen fin al juicio o hacen imposible su continuación, o contra las sentencias definitivas, siempre que unas y otras no sean susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario. 2° Que, se ha deducido este recurso contra la

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica