C.A. de Talca

I. MUNICIPALIDAD DE TALCA/SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN ESCOLAR

Rol

252457-2023

Fecha

4 de octubre de 2024

Materia

Civil

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE (M)

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del fundamento quinto, que se elimina. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que, en estos autos, comparece la Ilustre Municipalidad de Talca impugnando la Resolución Exenta N° 2023/PA/07/0084 del Director Regional (s) de la Superintendencia de Educación de la Región del Maule de 24 de febrero de 2.023, que impuso la sanción de multa a beneficio fiscal de 54 U.T.M. a la Escuela La Florida de Talca, establecimiento educacional del que la reclamante es sostenedora. Segundo: Que la Corte de Apelaciones de Talca,

Fundamentos

considerando que la conducta reprochada en el procedimiento sancionatorio seguido en contra de la reclamada fue debidamente tipificada, que existe además una debida correspondencia entre el hecho objeto de la sanción y la penalidad impuesta, y que, de acuerdo con el mérito de los antecedentes, se configuró correctamente la infracción denunciada, decidió rechazar el recurso de reclamación de autos. Tercero: Que, sin perjuicio de lo anterior, en lo resolutivo de la sentencia en alzada, junto con declararse el rechazo de la mentada reclamación, se rebaja la sanción impuesta por la autoridad, de 54 Unidades Tributarias Mensuales, a 51 U.T.M., por estimar que el monto menor guarda mejor concordancia con la infracción cometida. Cuarto: Que, como ha señalado previamente esta Corte (Roles N°210.558-2023, 152.161-2022, 14.067-22 entre otros), no apreciándose un vicio de ilegalidad, sea en la determinación de la sanción impuesta o el rango de la multa a aplicar, sea por medio de la consideración de cargos que no se tuvieron por configurados, o bien un error en la determinación de una agravante o atenuante, lo cierto es que se carece, al menos por medio del presente recurso de reclamación de ilegalidad, de los fundamentos necesarios para modificar el quantum de la multa impuesta si esta se halla dentro de los márgenes establecidos en la norma, como es el caso. Quinto: Que, de esta forma, concordándose con el

Fallo

fallo en alzada en cuanto a sus fundamentos para el rechazo del reclamo de ilegalidad deducido careciendo esta Corte de competencia, en este caso, para proceder a la rebaja de la multa en cuestión, procede el rechazo del presente recurso. Por estas consideraciones, de conformidad con lo que dispone el artículo 85 de la Ley N° 20.529, se revoca la sentencia apelada de once de diciembre de dos mil veintitrés, y en su lugar se declara que se rechaza íntegramente el reclamo de ilegalidad materia de autos. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo de la Abogada Integrante señora Benavides. Rol N° 252.457-2023. Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (a) Sra. Ángela Vivanco M., Sr. Mario Carroza E., la Ministra Suplente Sra. María Carolina Catepillán L. y los Abogados Integrantes Sr. Pedro Águila Y. y Sra. María Angélica Benavides C. No firman la Ministra Sra. Vivanco y la Ministra Suplente Sra. Catepillán, no obstante haber concurrido ambas a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con suspensión de funciones la primera, y haber cesado en su suplencia la segunda. Santiago, 4 de octubre de 2024.

Texto Completo (Preview)

Santiago, cuatro de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del fundamento quinto, que se elimina. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que, en estos autos, comparece la Ilustre Municipalidad de Talca impugnando la Resolución Exenta N° 2023/PA/07/0084 del Director Regional (s) de la Superintendencia de Educación de la Región del M

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