JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE QUIRIHUE

INVERSIONES REDLICH GARCIA SPA/REDLICH

Rol

41138-2024

Fecha

2 de octubre de 2024

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ordinario de restitución de inmueble, seguido ante el Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue, bajo el Rol C-51-2021, caratulado “Inversiones Redlich García SpA con Redlich”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán, de cinco de agosto de dos mil veinticuatro, que confirmó el fallo de primer grado, de diez de marzo de dos mil veintitrés, que acogió la excepción de falta de legitimación activa y, en consecuencia, rechazó la demanda de restitución de inmueble, con costas. Segundo: Que la recurrente de casación en el fondo funda su arbitrio en la infracción de los artículos 19, 22 y 583 del Código Civil; artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República; y artículos 174 y 175 del Código de Procedimiento Civil. En síntesis, explica que la sentencia recurrida incurre en los yerros jurídicos denunciados porque acoge la excepción de falta de legitimación activa fundada en que el derecho de dominio de su parte está cuestionado por una sentencia dictada en causa RIT C-32-2021 del mismo tribunal de primer grado, que ordenó la cancelación de la inscripción dominical registrada a favor suyo respecto del inmueble que se pide restituir, careciendo así la actora de legitimación para ejercitar la acción de marras; además de validar con dicha decisión el contrato de comodato que permite al demandado ocupar la propiedad, al haber sido éste otorgado por la sociedad Arbet Gott Limitada, la que, según la sentencia citada, sería la legítima propietaria del inmueble. Sin embargo, alega que la decisión de los jueces del fondo es errónea porque se base en una sentencia que no se encuentra firme, y en cuya virtud no puede cuestionarse el derecho de dominio que alega la demandante tener sobre el inmueble, ni menos desconocer la legitimación activa de ésta en calidad de propietaria del m

Fallo

fallo de primer grado, de diez de marzo de dos mil veintitrés, que acogió la excepción de falta de legitimación activa y, en consecuencia, rechazó la demanda de restitución de inmueble, con costas. Segundo: Que la recurrente de casación en el fondo funda su arbitrio en la infracción de los artículos 19, 22 y 583 del Código Civil; artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República; y artículos 174 y 175 del Código de Procedimiento Civil. En síntesis, explica que la sentencia recurrida incurre en los yerros jurídicos denunciados porque acoge la excepción de falta de legitimación activa fundada en que el derecho de dominio de su parte está cuestionado por una sentencia dictada en causa RIT C-32-2021 del mismo tribunal de primer grado, que ordenó la cancelación de la inscripción dominical registrada a favor suyo respecto del inmueble que se pide restituir, careciendo así la actora de legitimación para ejercitar la acción de marras; además de validar con dicha decisión el contrato de comodato que permite al demandado ocupar la propiedad, al haber sido éste otorgado por la sociedad Arbet Gott Limitada, la que, según la sentencia citada, sería la legítima propietaria del inmueble. Sin embargo, alega que la decisión de los jueces del fondo es errónea porque se base en una sentencia que no se encuentra firme, y en cuya virtud no puede cuestionarse el derecho de dominio que alega la demandante tener sobre el inmueble, ni menos desconocer la legitimación activa de ésta en c

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Santiago, dos de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ordinario de restitución de inmueble, seguido ante el Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue, bajo el Rol C-51-2021, caratulado “Inversiones Redlich García SpA con Redlich”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demand

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