1º JUZGADO DE LETRAS DE ARICA

VERGARA/AGUILAR

Rol

43429-2024

Fecha

30 de septiembre de 2024

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN FORMA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este cuaderno de cumplimiento de sentencia, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en la forma deducido por el demandante, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Arica, que revocó la resolución de primer grado de dieciocho de junio de dos mil veinticuatro, que hizo lugar a la petición del demandante de apercibir al Director Nacional de Sernapesca, a objeto de dar cumplimiento a lo ordenado por el tribunal y en su lugar declaró que no se hace lugar al apercibimiento solicitado. 2°.- Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en la forma contra sentencias definitivas y contra sentencias interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar día para la vista de la causa. 3°.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no es una sentencia definitiva ni ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, como tampoco se encuentra en la situación excepcional prevista en la norma citada, razón por la cual el recurso de nulidad formal intentado en autos no será admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766 y 781 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto por el abogado Renato Aldo Kalise Chavera, en representación del demandante, en contra de la sentencia de veintidós de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Arica. Regístrese y devuélvase. Rol N° 43.429 – 2024.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766 y 781 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto por el abogado Renato Aldo Kalise Chavera, en representación del demandante, en contra de la sentencia de veintidós de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Arica. Regístrese y devuélvase. Rol N° 43.429 – 2024.

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este cuaderno de cumplimiento de sentencia, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en la forma deducido por el demandante, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Arica, que revocó la resolución de primer grado de dieciocho de junio de dos mil vei

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