24º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO SANTANDER- CHILE/SANHUEZA

Rol

43100-2024

Fecha

26 de septiembre de 2024

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLES RECURSOS DE CASACIÓN FORMA Y FONDO

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré, seguido ante el Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-15637-2022, caratulado “Banco Santander-Chile con Sanhueza”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad de los recursos de casación en la forma y en el fondo, deducidos por la parte ejecutada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de la misma ciudad, de cinco de agosto de dos mil veinticuatro, que confirmó la sentencia de primera instancia, de veinticuatro de mayo de dos mil veinticuatro, que desestima el incidente de nulidad procesal, sin costas. EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA: Segundo: Que el recurrente de nulidad formal funda su arbitrio en la causal prevista en el numeral 5° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil en relación con el numeral 4° del artículo 170 del mismo cuerpo legal. Tercero: Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en la forma contra sentencias definitivas, y contra sentencias interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación; y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia, sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar día para la vista de la causa. Cuarto: Que, como puede advertirse, la resolución impugnada por esta vía no reúne la calidad de algunas de las mencionadas en el motivo anterior, toda vez que no es una sentencia definitiva, ni una interlocutoria que haya concluido el juicio, ni hecho imposible su prosecución, como tampoco se encuentra en la situación excepcional prevista en la norma citada, razón por la cual el recurso de nulidad formal intentado en autos no será admitido a tramitación. EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN EL FONDO: Quinto: Que, por su parte, el impugnante de nulidad de fondo alega que la sentencia recurrida infringe, en primer término, el artículo 80 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1698 del Código Civil; mientras que, en segundo lugar, acusa la infracción de los artículos 383, 426 y 427 del Código Adjetivo Civil y de los artículos 19 y 22 del Código Civil. Sexto: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables, y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley, y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. Séptimo: Que la resolución impugnada en la especie a través del arbitrio de nulidad substancial tampoco presenta las características de aquéllas aludidas en el motivo precedente, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni tampoco ha concluido el juicio, ni ha hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad sustancial intentado en autos tampoco puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766, 767, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por el abogado Onofre Chau López, en representación de la parte ejecutada, contra la sentencia de cinco de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en causa Rol Civil N° 9345-2024. Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase, vía interconexión. Rol N° 43.100-2024

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766, 767, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por el abogado Onofre Chau López, en representación de la parte ejecutada, contra la sentencia de cinco de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en causa Rol Civil N° 9345-2024. Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase, vía interconexión. Rol N° 43.100-2024

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré, seguido ante el Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-15637-2022, caratulado “Banco Santander-Chile con Sanhueza”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad de los recursos de casación en la forma y en el fondo, deducidos p

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