ZABRA ESPINOZA DENISSE CON CONFITES MAGIELITO LTDA (E)
Rol
210549-2023
Fecha
26 de septiembre de 2024
Materia
Civil
Resultado
ACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE (M)
Hechos
VISTO: En los autos Rol Nº C- 992-2020 seguidos ante el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, juicio ejecutivo, caratulados "Zabra Espinoza Dennis con Confites Magielito Ltda.” por sentencia de dieciocho de febrero de dos mil veintidós, se rechazó la excepción del numeral 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil y ordenó continuar la ejecución hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. Apelado este fallo por el ejecutado, una sala de la Corte de Apelaciones de esta ciudad, por sentencia de siete de agosto de dos mil veintitrés, lo confirmó. En su contra el ejecutado dedujo recurso de casación en el fondo. Se ordenó traer los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el recurrente interpone recurso de casación en el fondo basado en la causal del artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, por infracción de ley, sosteniendo que la sentencia cuestionada transgredió lo dispuesto en los artículos 434 Nº 2 y 464 Nº 7 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1699 del Código Civil y artículo 403 del Código Orgánico de Tribunales. Sostuvo, en síntesis que el título acompañado es un instrumento privado autorizado ante notario que da cuenta de un mutuo, y no una escritura pública, ya que no cumple con las solemnidades exigidas por la ley para tener dicho carácter, y por lo tanto, carece de mérito ejecutivo al faltar los requisitos exigidos por la ley para que tenga fuerza ejecutiva, debiendo los jueces del grado acoger la excepción. Peticionó se invalide la sentencia recurrida y dicte
Fallo
fallo por el ejecutado, una sala de la Corte de Apelaciones de esta ciudad, por sentencia de siete de agosto de dos mil veintitrés, lo confirmó. En su contra el ejecutado dedujo recurso de casación en el fondo. Se ordenó traer los autos en relación. CONSIDERANDO: Primero: Que el recurrente interpone recurso de casación en el fondo basado en la causal del artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, por infracción de ley, sosteniendo que la sentencia cuestionada transgredió lo dispuesto en los artículos 434 Nº 2 y 464 Nº 7 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1699 del Código Civil y artículo 403 del Código Orgánico de Tribunales. Sostuvo, en síntesis que el título acompañado es un instrumento privado autorizado ante notario que da cuenta de un mutuo, y no una escritura pública, ya que no cumple con las solemnidades exigidas por la ley para tener dicho carácter, y por lo tanto, carece de mérito ejecutivo al faltar los requisitos exigidos por la ley para que tenga fuerza ejecutiva, debiendo los jueces del grado acoger la excepción. Peticionó se invalide la sentencia recurrida y dicte fallo de reemplazo, por el cual se revoque la sentencia de primer grado y declare que se acoge la excepción de falta de alguno de los requisitos exigidos por las leyes para que el título tenga fuerza ejecutiva, contemplada en el artículo 464, Nº 7 del Código de Procedimiento Civil. Segundo: Que, para una adecuada inteligencia de las cuestiones planteadas en el recurso, resulta pe
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PAGE Santiago, veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO: En los autos Rol Nº C- 992-2020 seguidos ante el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, juicio ejecutivo, caratulados "Zabra Espinoza Dennis con Confites Magielito Ltda.” por sentencia de dieciocho de febrero de dos mil veintidós, se rechazó la excepción del numeral 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil y or
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