MP C/ MARCOS ANTONIO PRADEL SUAREZ
Rol
39740-2024
Fecha
26 de septiembre de 2024
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD A LA CORTE
Hechos
Vistos: 1° Que se ha deducido recurso de nulidad por la defensa de Marcos Pradel Suarez, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso, que lo condenó como autor del Cuasi Delito de Homicidio. 2° Que por el líbelo intentado, se ha invocado como motivo principal de invalidación, aquel contenido en el artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso, a contar con un tribunal imparcial, y a ser juzgado en un plazo razonable. Lo anterior, toda vez que se suspendió en 4 oportunidades la audiencia de juicio oral, habiéndose preparado el juicio el 1 de febrero de 2024, llevándose recién a cabo el 29 de julio último, y el fundamento era la falta de comparecencia del testigo y perito de la parte acusadora. 3° Que el Ministerio Público, solicitó la remisión de los antecedentes a la Corte de Apelaciones respectiva, por estimar que lo alegado es propio de la causal del artículo 374 letra c) del Código Procesal Penal. 4° Que de una atenta lectura del líbelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, al fallo de primera instancia, podría en la forma en que se plantea en el recurso, tener como sustento, un reclamo en sentido amplio, a los derechos y facultades de la defensa, lo que es propio de la causal del artículo 374 letra c) del cuerpo legal antes citado. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se ordena remitir estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 39740-24.
Fallo
fallo de primera instancia, podría en la forma en que se plantea en el recurso, tener como sustento, un reclamo en sentido amplio, a los derechos y facultades de la defensa, lo que es propio de la causal del artículo 374 letra c) del cuerpo legal antes citado. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se ordena remitir estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 39740-24.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: 1° Que se ha deducido recurso de nulidad por la defensa de Marcos Pradel Suarez, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso, que lo condenó como autor del Cuasi Delito de Homicidio. 2° Que por el líbelo intentado, se ha invocado como motivo principal de invalidación, aquel contenido en el artículo
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