C.A. de Santiago

OSORNO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

9406-2024

Fecha

25 de septiembre de 2024

Materia

Civil

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE (M)

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de los

Fundamentos

fundamentos sexto a undécimo, los que se eliminan. Y se tiene en su lugar, y además, presente: Primero: Que, Uriel Alonso Osorno Barrera, interpuso acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, acusando la privación o perturbación en forma ilegal y arbitraria de las garantías del artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, es decir, igualdad ante la ley, motivada por la dictación de la Resolución Exenta N° 23181124 de 16 de junio de 2023, mediante la cual se decretó su expulsión del país. Indica que ingresó a Chile el año 2017 por el paso Chacalluta, solicitando la regularización de su situación migratoria en octubre del mismo año pero no tuvo respuesta alguna de la autoridad. Agrega que, posteriormente, en el año 2021 se sometió al proceso de regularización masiva para todos los extranjeros que hayan ingresado al país por pasos habilitados antes del 18 de marzo de 2020, sin embargo no aceptaron sus papeles, aludiendo que faltaba su certificado de antecedentes apostillados, los cuales efectivamente se acompañaron en su oportunidad, culminando este proceso mediante la resolución que se impugna, la cuak desatiende los antecedentes que dan cuenta de los 6 años que lleva viviendo en Chile junto a su familia. Solicita se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 23181124 de 16 de junio de 2023, y se ordene proceder a la regularización del recurrente mediante las vías legales existentes. Segundo: Que constituyen hechos del recurso los siguientes: a) El recurrente ingresó regularmente a Chile el 21 de agosto de 2017. b) El 5 de julio de 2021 solicitó la regularización de su situación migratoria en virtud del proceso contemplado en el artículo 8° transitorio de la Ley N° 21.325, el cual fue acogido a trámite. c) La carta consular de 18 de julio de 2018 informó que el recurrente cuenta con antecedentes penales negativos en su país de origen, lo que es corroborado por el actor en su libelo, donde reconoce haber sido condenado por los delitos de receptación de vehículo y tráfico de drogas. d) Mediante comunicación electrónica N° 25476165 de 16 de junio de 2022 el Servicio le solicitó al recurrente que remitiera en el plazo de 60 días el certificado consular en el cual conste el detalle de los antecedentes penales negativos en su país de origen, trámite con el que no cumplió, por lo que media Notificación N° 32315909 de 9 de marzo de 2023 se le informó que se encontraba comprendido dentro de una causal de rechazo de su solicitud por no acompañar el certificado de ampliación de antecedentes judicial señalado, y se le otorgó un plazo de 10 días hábiles para realizar descargos y acompañar el documento faltante, y si bien acompañó antecedentes, no presentó el documento requerido. e) Mediante resolución exenta N° 23181124 de 16 de junio de 2023, se rechazó su solicitud y se decretó orden de abandono del país en el plazo de 30 días, contra la cual no ejerció recursos de carácter administrativos. Tercero: Que, para resolve

Fallo

fallo en alzada, con excepción de los fundamentos sexto a undécimo, los que se eliminan. Y se tiene en su lugar, y además, presente: Primero: Que, Uriel Alonso Osorno Barrera, interpuso acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, acusando la privación o perturbación en forma ilegal y arbitraria de las garantías del artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, es decir, igualdad ante la ley, motivada por la dictación de la Resolución Exenta N° 23181124 de 16 de junio de 2023, mediante la cual se decretó su expulsión del país. Indica que ingresó a Chile el año 2017 por el paso Chacalluta, solicitando la regularización de su situación migratoria en octubre del mismo año pero no tuvo respuesta alguna de la autoridad. Agrega que, posteriormente, en el año 2021 se sometió al proceso de regularización masiva para todos los extranjeros que hayan ingresado al país por pasos habilitados antes del 18 de marzo de 2020, sin embargo no aceptaron sus papeles, aludiendo que faltaba su certificado de antecedentes apostillados, los cuales efectivamente se acompañaron en su oportunidad, culminando este proceso mediante la resolución que se impugna, la cuak desatiende los antecedentes que dan cuenta de los 6 años que lleva viviendo en Chile junto a su familia. Solicita se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 23181124 de 16 de junio de 2023, y se ordene proceder a la regularización del recurrente mediante las vías legales existentes. Segundo: Que consti

Texto Completo (Preview)

PAGE 5 Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de los fundamentos sexto a undécimo, los que se eliminan. Y se tiene en su lugar, y además, presente: Primero: Que, Uriel Alonso Osorno Barrera, interpuso acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, acusando la privación o perturbación

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica