JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE PUNTA ARENAS

ANONIMIZADO

Rol

35494-2024

Fecha

12 de septiembre de 2024

Materia

Reforma Laboral

Resultado

INADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483 A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte denunciante contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, que rechazó el recurso de nulidad para invalidar la que desestimó la denuncia de tutela de derechos fundamentales e indemnización por daño moral. Segundo: Que el recurso de unificación de jurisprudencia es susceptible de ser deducido contra la resolución que falle el de nulidad, estableciéndose su procedencia...

Texto Completo (Preview)

Santiago, doce de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483 A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte denunciante contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, que rechazó

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