11º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BRIGANDO LEPORATI FRANCESCA / STUARDO ARENAS PATRICIO Y OTRO - (CASACIÓN Y APELACIÓN) - TOMO VIII - CAUSA DE ESTUDIO SR. BRAULIO MERIÑO - VUELVE A TABLA

Rol

26951-2024

Fecha

28 de agosto de 2024

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN FORMA RECHAZADA, CASACIÓN FON

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio ordinario sobre responsabilidad contractual, tramitado ante el Décimo Primero Juzgado Civil de Santiago, bajo el rol C-26486-2016, caratulado “Brigando con Stuardo”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad de los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos por el demandado Patricio Johann Stuardo Arenas, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago de fecha dieciocho de abril de dos mil veinticuatro, que rechazó el recurso de casación en la forma deducido por este demandado en contra del fallo de primer grado de diez de mayo de dos mil diecinueve, y lo confirmó, con declaración que la suma que el demandado Patricio Johann Stuardo Arenas debe pagar a la actora, se rebaja a la suma de $50.000.000. En cuanto al recurso de casación en la forma: 2°.- Que, en su libelo de nulidad formal la recurrente invoca la causal del artículo 768 N°5 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 170 N°4 del mismo cuerpo legal, argumentando básicamente que la sentencia recurrida otorga valor probatorio a un testigo que fue declarado inhábil y por otro lado, restó valor probatorio al testimonio del testigo Raúl Lazarte. 3°.- Que, la revisión de los antecedentes del proceso permite constatar que el demandante impugnó la sentencia de primer grado, mediante el recurso de casación en la forma y apelación, y que la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la nulidad formal y confirmó, con declaración, la decisión de primer grado. 4°.- Que, el artículo 63 N°1 letra a) del Código Orgánico de Tribunales establece que las Cortes de Apelaciones conocerán, en única instancia, “…de los recursos de casación en la forma que se interpongan en contra de las sentencias dictadas por los jueces de letras de su territorio jurisdiccional o por uno de sus ministros, y de las sentencias definitivas de primera instancia dictadas por jueces árbitros.” 5°.- Que, el demandado y recurrente Patri

Fundamentos

motivos en que se fundó dicha decisión de rechazo, razón por la cual, dicha causal no pueden ser acogida. 6°.- Que, en consecuencia, el

Fallo

fallo de primer grado de diez de mayo de dos mil diecinueve, y lo confirmó, con declaración que la suma que el demandado Patricio Johann Stuardo Arenas debe pagar a la actora, se rebaja a la suma de $50.000.000. En cuanto al recurso de casación en la forma: 2°.- Que, en su libelo de nulidad formal la recurrente invoca la causal del artículo 768 N°5 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 170 N°4 del mismo cuerpo legal, argumentando básicamente que la sentencia recurrida otorga valor probatorio a un testigo que fue declarado inhábil y por otro lado, restó valor probatorio al testimonio del testigo Raúl Lazarte. 3°.- Que, la revisión de los antecedentes del proceso permite constatar que el demandante impugnó la sentencia de primer grado, mediante el recurso de casación en la forma y apelación, y que la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la nulidad formal y confirmó, con declaración, la decisión de primer grado. 4°.- Que, el artículo 63 N°1 letra a) del Código Orgánico de Tribunales establece que las Cortes de Apelaciones conocerán, en única instancia, “…de los recursos de casación en la forma que se interpongan en contra de las sentencias dictadas por los jueces de letras de su territorio jurisdiccional o por uno de sus ministros, y de las sentencias definitivas de primera instancia dictadas por jueces árbitros.” 5°.- Que, el demandado y recurrente Patricio Johann Stuardo Arenas, ha invocado la misma causal que le sirvió de sustento al recurso de

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiocho de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio ordinario sobre responsabilidad contractual, tramitado ante el Décimo Primero Juzgado Civil de Santiago, bajo el rol C-26486-2016, caratulado “Brigando con Stuardo”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad de los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos por el demanda

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