VICENTE JAVIER PARADA AGUIRRE C/ JAIME ERNESTO BRAVO OPORTO
Rol
30305-2024
Fecha
28 de agosto de 2024
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA INADMISIBLE RECURSO DE NULIDAD, REMITE ANT
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que la defensa de Jaime Bravo Oporto, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, los que han sido remitidos por interconexión a esta Corte Suprema, para conocer del recurso deducido en contra de la sentencia que lo condenó como autor del delito de Homicidio Simple. 2° Que por el líbelo se ha invocado como causal principal, la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso, ello al haberse modificado la cautelar impuesta al sentenciado luego de dictado el veredicto, sustituyendo el arresto domiciliario nocturno por la prisión preventiva. 3° Que el Ministerio Público ha solicitado la inadmisibilidad de la causal principal por falta de fundamentos. 4° Que de la lectura del recurso se advierte que lo alegado por el impugnante carece de fundamentos, desde que aquello escapa del control propio del recurso de nulidad, por lo que el líbelo deducido será declarado inadmisible en lo que a esta causal se refiere. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 383 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible la causal principal del recurso de nulidad deducido por la defensa, debiendo remitirse aquel a la Corte de Apelaciones de Santiago, para que previa revisión en cuenta de la causal subsidiaria, si es del caso, fije audiencia para conocimiento y resolución. Regístrese y devuélvase. Rol N° 30305-24.
Fallo
se declara inadmisible la causal principal del recurso de nulidad deducido por la defensa, debiendo remitirse aquel a la Corte de Apelaciones de Santiago, para que previa revisión en cuenta de la causal subsidiaria, si es del caso, fije audiencia para conocimiento y resolución. Regístrese y devuélvase. Rol N° 30305-24.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiocho de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1° Que la defensa de Jaime Bravo Oporto, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, los que han sido remitidos por interconexión a esta Corte Suprema, para conocer del recurso deducido en contra de la sentencia que lo condenó como autor del d
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