ANONIMIZADO
Rol
20283-2024
Fecha
26 de agosto de 2024
Materia
Reforma Laboral
Resultado
INADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que desestimó el de nulidad intentado para invalidar la que acogió la demanda de indemnización de perjuicios por accidente del trabajo ordenando el pago de $12.000.000 por daño moral, reajustado conforme a la variación del I.P.C. Segundo: Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 483 del Código del Trabajo, contra la...
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que desestimó el de
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