OTÉRO CORDOVA ROLANDO CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
32800-2024
Fecha
23 de agosto de 2024
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos cuarto a noveno, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la decisión emanada de la repartición pública recurrida, contenida en la Resolución Exenta N°130369 de 14 de octubre de 2021, que rechaza la residencia definitiva y dispone el abandono del territorio nacional del amparado por haber sido condenado en Chile por los delitos de conducción sin licencia debidas, condenas que debe servir mediante pena sustitutiva, lo que supone un proceso de un resinserción social, el que ya ha cumplido en dos de las condenas impuestas, cuestión que desconoce la decisión reclamada. 2°) Que, el amparado mantiene un arraigo familiar, laboral y social, adjuntando documentación acerca de su trabajo continuo en el tiempo, la existencia de un grupo familiar, compuesta por su pareja, quién cuenta con residencia temporal, y sus hijas menores de edad. 3°) Que, la decisión recurrida no valora los elementos recientemente expuesto, al igual que la normativa especial sobre migración, razón por lo que la presente acción deberá ser acogida.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de veintidós de julio de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en el Ingreso Corte N° 312-2024, en cuanto rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Rolando Otero Córdova, de nacionalidad peruana y, en su lugar se declara que éste queda acogido, debiendo la autoridad, dejar sin efecto la orden de abandono dispuesta y emitir nuevo pronunciamiento acerca de la de la solicitud de residencia definitiva. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Valderrama y de la Ministra Sra. Gajardo, quienes estuvieron por confirmar la sentencia en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. Rol N° 32.800-2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintitrés de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos cuarto a noveno, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la decisión emanada de la repartición pública recurrida, contenida en la Resolución Exenta N°130369 de 14 de octubre de 2021, que rec
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